3 relatoras de la ONU advierten que el proyecto de Ley contra el Fascismo es un riesgo para los DD. HH.

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU)

En un comunicado fechado el pasado 2 de octubre, las relatoras especiales sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y asociación y sobre la situación de los defensores de derechos humanos, Irene Khan, Gina Romero y Mary Lawlor, respectivamente, solicitaron a las autoridades venezolanas que realicen «enmiendas» al borrador de la Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares, para que así se garantice que «no pueda ser aplicado de forma excesiva y resultar en la vulneración de derechos humanos».

Tras recordar que «los Estados tienen la responsabilidad y el deber primordiales de proteger, promover y realizar todos los derechos humanos y las libertades fundamentales», las expertas de la Organización de Naciones Unidas (ONU) advirtieron que el borrador actual «podría ser susceptible de restringir una serie de derechos humanos».

Las cuatro libertades que están en peligro

A criterio de las tres relatoras, el texto actual de la Ley contra el Fascismo implica un riesgo para el ejercicio de al menos cuatro derechos humanos: la libertad de expresión, manifestación y reunión pacífica, asociación y participación en los asuntos públicos.

Para ilustrar sus preocupaciones citaron disposiciones del borrador de ley, como sus artículos 22 y 23. El primero establece penas de hasta 12 años de cárcel e igual de inhabilitación política para quien «solicite, invoque, promueva o ejecute acciones violentas como medio o vía para el ejercicio de derechos políticos», así como para quien «denigre de la democracia, sus instituciones y los valores republicanos».

Por su parte, el artículo 23 castiga con hasta 10 años de prisión e igual de inhabilitación a «toda persona que haga apología o promueva los principios, hechos y métodos propios del fascismo, neofascismo y expresiones similares».

«Esta formulación resulta susceptible de interpretaciones excesivamente amplias que culminen en restricciones indebidas del derecho a la libertad de expresión y del derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, particularmente afectando a disidentes y voces críticas», alertaron las tres expertas en su comunicado.

También advirtieron que el artículo 12, que prohíbe «las reuniones públicas y manifestaciones convocadas con el objeto de promover o hacer apología del fascismo, neofascismo y expresiones similares», podría «lesionar gravemente el derecho de reunión pacífica recogido en el artículo 21 del Pacto».

Las relatoras hicieron un señalamiento similar respecto de la disposición 26 del proyecto de ley, que autoriza a los jueces a ordenar cautelarmente la «interrupción de las actividades que promuevan el fascismo, neofascismo o expresiones similares» y la «suspensión de convocatorias, manifestaciones o concentraciones, que tengan como finalidad promover o hacer apología de actos fascistas, neofascistas o expresiones similares».

Asimismo denunciaron que el contenido del artículo 13 supone un peligro para el derecho de asociación, pues proscribe la

«promoción, constitución y funcionamiento de personas jurídicas de derecho privado, movimientos y organizaciones sociales, así como organizaciones con fines políticos, cuyas actas constitutivas, declaraciones de principios, programas de acción política, estatutos o actividades promuevan, hagan apología o se fundamenten en el fascismo, neofascismo y expresiones similares».

Los artículos 14, 15 y 16 que prevén la cancelación de las organizaciones calificadas como «fascistas» también son considerados peligrosos por las expertas de la ONU.

Por último, cuestionaron el artículo 17 relativo a la prohibición de acceder a cargos públicos a los señalados de actos fascistas, por considerar que «podría implicar restricciones indebidas del derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos estipulado en el artículo 25 del PIDCP».

La causa del peligro

La definición que el proyecto de ley hace sobre fascismo y neofascismo es, a juicio de las expertas, el principal problema. ¿Por qué? Porque los conceptos están «insuficientemente delimitados y claros», algo que puede «dar lugar a un uso indebido, subjetivo y discrecional del derecho punitivo», según explicaron las funcionarias en su comunicado.

El artículo 4 del proyecto define como fascismo a la

«postura ideológica o expresión basada en motivos de superioridad racial, de origen étnico, social o nacional, que asume la violencia como método de acción política, enarbola la cultura de la muerte, denigra de la democracia, sus instituciones y valores republicanos y/o promueve la supresión de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución a favor de determinados sectores de la sociedad, por motivos discriminatorios».

Y remata así: «Son rasgos comunes a esta postura el racismo, el chovinismo, el clasismo, el conservadurismo moral, el neoliberalismo, la misoginia y todo tipo de fobia contra el ser humano y su derecho a la no discriminación y a la diversidad».

Las relatoras pidieron que esta definición sea reemplazada por una «taxativa, concreta, clara y precisa, evitando conceptos jurídicos indeterminados y redacciones excesivamente vagas y genéricas».

También cuestionaron el contenido del artículo 5, el cual establece que todas las disposiciones del proyecto son de «orden público» y que «en caso de dudas en su interpretación se adoptará aquella que más favorezca la garantía del derecho humano del pueblo a la paz, la convivencia y la tranquilidad pública».

«Los parámetros indicados al término de este artículo son igualmente genéricos y podrían considerar, en su lugar, atender a la interpretación más acorde y respetuosa con el libre ejercicio de los derechos humanos», sugirieron las expertas.

Una tarea más

Las relatoras, en su comunicación, invitaron a las autoridades venezolanas a mantener un diálogo respecto al asunto al solicitarles que les hagan llegar «cualquier información o comentario adicional» respecto a sus observaciones. Asimismo, solicitaron que les informen sobre las medidas adoptadas para adecuar el proyecto de ley «plenamente a los estándares internacionales en materia de derechos humanos».

Sin embargo, las posibilidades de que se produzca un debate se antojan escasas, pues el Gobierno venezolano viene manteniendo una actitud poco cooperativa con las instancias de la ONU. Prueba de ello es que desde enero de 2022 hasta el pasado mes de abril, solo respondió a una de las diez comunicaciones que recibió de parte de relatores, comités o grupos de trabajo del organismo internacional, tal y como reportamos recientemente.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

El pronunciamiento de las relatoras especiales de la ONU sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y asociación y sobre la situación de los defensores de derechos humanos indica que si el proyecto de Ley contra el Fascismo se aprueba se trataría del golpe definitivo a los derechos que esas relatorías protegen y promueven.

Las declaraciones que la vicepresidenta Delcy Rodríguez realizó al presentar el proyecto que, en sus palabras, busca «complementar» a la cuestionada Ley Constitucional contra el Odio (señalada de fomentar la censura y autocensura en el país), confirman los temores de las relatoras de la ONU.

Además, el proyecto entraña un cambio en el sistema penal venezolano, mediante el cual amplios sectores de la población quedarán en situación general de sospecha y, por lo tanto, sujetos a un juicio que tendrá consecuencias penales.

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