Manifestación de voluntad o conducta mediante la cual se demuestra conformidad con determinado asunto.
La aceptación en derecho puede ser expresa o tácita, es expresa cuando la persona manifiesta su voluntad escrita o verbalmente, y es tácita cuando se desprende de una conducta, activa o pasiva, del destinatario.
Un ejemplo de aceptación tácita se halla en el artículo Nº 147 del Código de Comercio, el cual dispone lo siguiente:
“El comprador tiene derecho a exigir que el vendedor firme y le entregue factura de las mercancías vendidas y que ponga al pie recibo del precio o de la parte de éste que se le hubiere entregado.
No reclamando contra el contenido de la factura dentro de los ocho días siguientes a su entrega, se tendrá por aceptada irrevocablemente.” (Énfasis propio) G.O.E N° 475 del 21-12-1955
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