Son aquellos que se expiden en el marco de un procedimiento administrativo y que tienen por objeto hacer posible el acto principal, esto es, la resolución definitiva del asunto. La principal función de los actos de trámite es garantizar los derechos de los interesados e impulsar y ordenar el procedimiento.
Los actos administrativos de mero trámite, en principio no pueden ser impugnados en sede administrativa y consecuencialmente, tampoco en sede jurisdiccional, salvo que conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, causen indefensión, imposibiliten la continuación del procedimiento, prejuzguen como definitivos o surtan efectos como si se tratara de un acto definitivo. Ejemplo de uso: “la inspectoría emitió el auto de admisión del procedimiento de calificación de despido”.
Para mayor información, visitar: https://accesoalajusticia.org/wp/tag/acto-de-tramite/
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