ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Gestión y gobierno de los intereses públicos o privados por parte de las autoridades del Estado. Aquella que se encarga de crear, gestionar y supervisar los servicios públicos que están destinados a la colectividad, tales como los centros de salud pública, los servicios de agua, gas y electricidad, entre otros.

Sentencia de la Sala Constitucional: “La Administración Pública Nacional está integrada por: a) La Administración Central, conformada por órganos que dependen directamente del Ejecutivo Nacional, como lo son la Presidencia de la República, la Vicepresidencia Ejecutiva, el Consejo de Ministros, los Ministerios, las Oficinas Centrales de la Presidencia, la Procuraduría General de la República, el Consejo de Estado y el Consejo de la Defensa de la Nación; y, b) La Administración Descentralizada, la cual a su vez se subdivide en dos tipos, la Administración Descentralizada Territorialmente, conformada por los entes político – territoriales (Estados y Municipios); y la Administración Descentralizada Funcionalmente, conformada por los Institutos Autónomos; personas jurídicas de Derecho Público con forma societaria (empresas del Estado), asociaciones civiles y fundaciones pertenecientes al Estado”. http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/2724-181201-00-1423.HTML

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