Es una contribución por cuenta del patrono para el fondo de ahorro de los trabajadores. En principio, este aporte no tiene carácter salarial, salvo que: las partes lo pacten, o en aquellos casos en que el trabajador tuviere la libre disponibilidad mensual del aporte.
Sobre el carácter salarial del aporte patronal al ahorro, ver las siguientes sentencias:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/julio/179310-0467-9715-2015-14-405.HTML
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/febrero/196146-076-17217-2017-14-1484.HTML
« Back to Glossary Index