CAUSA EXPROPIANDI

Causa o motivo de la expropiación. Ejemplo: “La construcción de un hospital es por lo general una legítima causa expropiandi”. Ejemplo de uso por la Sala Político Administrativa: “En el caso que nos ocupa, se ha sometido al examen de esta Sala una solicitud de homologación del Acuerdo suscrito entre la empresa Energía Eléctrica de Venezuela, C.A. (ENELVEN), y la Sucesión Higuera Miranda, supra identificados, a propósito de la expropiación de una extensión de terreno ubicada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, declarada como ‘zona especialmente afectada para la construcción de vías de acceso e instalaciones de servicio para el Edificio Sede Administrativa ENELVEN’, mediante Decreto n.° 1.206 publicado en Gaceta Oficial n.° 34.590 del 8 de noviembre de 1990. Concretamente, pretenden las mencionadas partes en esta etapa del juicio de expropiación correspondiente a la determinación del justiprecio o indemnización de los expropiados, la restitución del inmueble a la precitada Sucesión y la entrega, por parte del ente expropiante a ésta, de una suma a manera de indemnización por el tiempo en que estuvo poseyendo el terreno en referencia. Dicho arreglo se debería, conforme lo expresado en el texto del mismo, a la ‘desaparición de la causa expropiandi’, esto es, a la imposibilidad de ejecutar las obras “por las nuevas exigencias expuestas a través de las Ordenanzas Municipales del Paseo del Lago hoy Vereda del Lago, y a la falta de autorización por parte del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables para el aprovechamiento de otra zona de terreno” (subrayado nuestro). Véase la sentencia completa: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/00513-020306-1999-16577-1.htm

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