En general, es la acción de coincidir distintas personas, sucesos, privilegios o cosas en un mismo lugar o tiempo.
En derecho, designa la comparecencia de diversas personas a los efectos de hacer valer sus derechos dentro de una causa común, con independencia de que tales derechos difieran cuantitativamente.
Artículo 1.049 del Código de Comercio: “…Los acreedores a quienes nada alcanzare en el precio de los bienes que les están especialmente afectos, concurrirán por la totalidad de sus créditos en la masa quirografaria.” (Énfasis propio). G.O.E N° 475 del 21 de diciembre de 1955.
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