Medios digitales de intercambio financiero. Se trata monedas virtuales que pueden ser intercambiadas por bienes y servicios, y son operadas como cualquier otra divisa tradicional, pero están fuera del control de los gobiernos e instituciones financieras. Jurídicamente son de difícil regulación pues no están alojados o domiciliados en un país concreto, sino que se desarrollan en el ámbito electrónico, por lo que para evitar su uso con fines delictuales se hace necesaria una acción colectiva de los estados mediante tratados o acuerdos internacionales.
A partir de esta definición, se puede constatar que la moneda virtual anunciada por el gobierno venezolano, el Petro, no es una criptomoneda, sino que responde más bien a la naturaleza de un bono o de crédito a favor del estado.
Sobre el Petro, la criptomoneda venezolana, visitar: https://accesoalajusticia.org/el-petro-amplia-hegemonia-inconstitucional-del-gobierno/
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