DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA

Derecho humano que implica que toda persona puede acudir al Estado en búsqueda de protección a sus derechos, no está limitado a los Tribunales sino a todo órgano público que pueda hacer justicia a un ciudadano. Ejemplo: “En las zonas rurales es muy difícil el acceso a la justicia por la lejanía de las instituciones gubernamentales y judiciales”.

Artículo 26 de la CRBV: “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles”.

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