EMPRESA PRIVADA

Persona jurídica cuyo capital es mayoritariamente privado. Ejemplo: “Las empresas privadas son una manifestación del derecho humano a dedicarse a la actividad económica de su preferencia, por lo que no son una amenaza a los derechos humanos sino una consecuencia de los mismos”.

Artículo 112 de la CRBV. “Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social. El Estado promoverá la iniciativa privada, garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país”.

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