Empleo de la fuerza para forzar la voluntad de una persona o causarle un daño. “El uso de la violencia es una herramienta de quien no tiene la razón”.
Artículo 166 Código Penal: “Cualquiera que, por medio de violencias, amenazas o tumultos, impida o paralice, total o parcialmente, el ejercicio de cualquiera de los derechos políticos, siempre que el hecho no esté previsto por una disposición especial de la ley, será castigado con arresto en fortaleza o cárcel política por tiempo de quince días a quince meses.
Si el culpable es un funcionario público y ha cometido el delito con abuso de sus funciones, el arresto será de seis a treinta meses.» G. O. E. N° 5.768 del 13-4-2005.
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