La sentencia n.° 725 del Tribunal Supremo de Justicia contra el alcalde del municipio Valera del estado Trujillo, José Karcom Zogbe, acuerda un amparo constitucional cautelar y, en tal sentido, ordena a la autoridad municipal velar por la protección del ambiente y el saneamiento ambiental, aseo urbano y domiciliario, y evitar que obstaculicen la vía pública e impidan el libre tránsito de las personas y vehículos; proceda a la inmediata remoción de residuos, escombros y de cualquier otro elemento que obstaculice la vialidad urbana; y despliegue acciones preventivas y de control del delito, so pena de incurrir en desobediencia a la autoridad y a exponerse a sanciones.
Relator de la ONU denuncia fallas en la aplicación de la normativa de seguridad alimentaria
Pese a que el artículo 305 de la Constitución venezolana obliga al Estado a garantizar la seguridad alimentaria y establece que «la producción de alimentos es de interés nacional y fundamental al desarrollo económico y social … Leer más