APELACIÓN

Es un recurso que interpone alguna de las partes, ante un tribunal superior al que dictó la decisión en primera instancia para que éste, anule, reforme o revoque una sentencia total o parcialmente desfavorable. Es una garantía al principio de la doble instancia, considerada como de derecho humano, según el cual toda decisión judicial debe estar sujeta a una instancia superior, lo que Venezuela se contradice con muchos recursos que con conocidos por la Sala Político Administrativa del TSJ en única instancia. “El abogado apeló la decisión porque el juez no tomó en cuenta las pruebas aportadas en el juicio”.

Artículo 288 del Código de Procedimiento Civil: “De toda sentencia definitiva dictada en primera instancia se da apelación, salvo disposición especial en contrario. Artículo 289° De las sentencias interlocutorias se admitirá apelación solamente cuando produzcan gravamen irreparable”. G. O. E. N° 4.209 del 18-09-1990.

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