DEPENDENCIA

Estado de subordinación, inferioridad jerárquica, sometimiento o sujeción.

En derecho laboral, se entiende como el estado voluntario de sujeción continuada del trabajador respecto a su patrono, cuyas órdenes, instrucciones y reglas se halla en el deber de cumplir por efecto del contrato de trabajo.

Artículo 55  de la Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y las trabajadoras:

El contrato de trabajo, es aquel mediante el cual se establecen las condiciones en las que una persona presta sus servicios en el proceso social de trabajo bajo dependencia, a cambio de un salario justo, equitativo y conforme a las disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y esta Ley. (Énfasis propio) G. O. E. N° 6.076 del 7 de mayo de 2012.

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