RESPONSABILIDAD CIVIL

Es la obligación de reparar un daño por el incumplimiento culposo de un contrato o de una obligación legal. Ejemplo: “El dueño de un vehículo puede ser sujeto de responsabilidad civil por el daño ocasionado por el hecho culposo del conductor del mismo”.

Artículo 1.185 del Código Civil:

El que con intención, o por negligencia o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo.

Debe igualmente reparación quien haya causado un daño a otro, excediendo, en el ejercicio de su derecho, los límites fijados por la buena fe o por el objeto en vista del cual le ha sido conferido ese derecho.” G.O.E. Nº 2.990 del 26-07-1982.

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