Ligia Bolívar, del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, nos explica el alcance y significado de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) —sentencia caso San Miguel, Sosa y otras vs. Venezuela del 8 de febrero de 2018 presentada el 30 de mayo—, en la cual se condena al Estado venezolano por desviación de poder y discriminación política contra Rocío San Miguel Sosa, Magally Chang Girón y Thais Coromoto Peña, quienes fueron despedidas del Consejo Nacional de Fronteras por haber firmado a favor de que se convocara el revocatorio (2004) contra el presidente Hugo Chávez y por ello figurar en la lista Tascón.
Recordemos que dicho listado fue dado a conocer por el ya fallecido diputado del Movimiento Quinta República, Luis Tascón, y se usó para identificar a quienes estamparon su rúbrica contra el mandato de Chávez y para discriminarlos.
Para Bolívar, esta decisión tiene una significación muy importante en dos dimensiones, para el continente y para Venezuela. En América, constituye el primer pronunciamiento de la Corte IDH sobre la discriminación por razones políticas. Para Venezuela, más allá del reconocimiento a las tres víctimas, es importante la admisión de que la lista Tascón constituye un acto de discriminación.