Laura Louza: “Lo último en Venezuela es que el Poder decide si el pueblo puede o no ejercer su soberanía”

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Laura Louza: “Lo último en Venezuela es que el Poder decide si el pueblo puede o no ejercer su soberanía

Caracas, 16 de febrero de 2017.- Laura Louza, directora de la ONG Acceso a la Justicia, aseguró que ahora el Poder es el que decide cuándo y cómo puede el pueblo ejercer su soberanía. Estas declaraciones las ofreció durante el programa 60 Minutos con Carlos Fernández en Play 95.5 FM en Caracas.

En ese sentido afirmó: “la soberanía es del pueblo, lo dice la Constitución, y sobre esa base está erigido todo nuestro sistema político, así nacimos como país, pero ahora el poder político pretende decidir si el pueblo puede ejercer esa soberanía, cuándo y cómo, y de hecho, ha puesto cantidad de trabas para ello. Todo empezó el año pasado con una sentencia del TSJ que pasó por debajo de la mesa, la que exhortaba al CNE a exigir la renovación de los partidos políticos y prohibía la doble militancia. Para ese momento, habían otros temas en el tapete, como la sentencia que todos recordamos que también fue grave para el derecho al voto, que le quitó la representación a Amazonas en la Asamblea Nacional.

“Volviendo sobre la sentencia de los partidos, esta establece que hay que renovar aquellos que participaron en las parlamentarias con menos del 1 por ciento de los votos, que son prácticamente todos menos las coaliciones. La regulación sobre este aspecto por el CNE se fue postergando durante el 2016, hasta que un día el TSJ hizo una aclaratoria, y aunque el CNE, en octubre a raíz del diálogo aseguró que habría regionales en el primer trimestre del año, ahora nos encontramos con la sorpresa de que no va a haber regionales hasta que se renueven los partidos, bajo la justificación de que el CNE por querer ser muy democrático prefiere esperar la renovación de los partidos para garantizar que todos puedan participar en esas elecciones”.

Louza, también profesora de la UCV, manifestó que de lo anterior queda claro cómo tanto el TSJ como el CNE han generado escollos para que los venezolanos ejerzan su derecho al voto: “Igual fue con el revocatorio, primero hubo un obstáculo puesto por el CNE del 1 por ciento que no está en la Constitución ni en la ley, cuando la Constitución lo que pedía era el 20 por ciento, pero nunca se llegó siquiera a saber si ese 20% apoyaba o no el revocatorio, y al final cuando ya no parecía haber más impedimentos, el TSJ dijo que era por estado  y finalmente con el diálogo todo se postergó hasta que se perdió la oportunidad legal para hacerlo.

La directora de la ONG sostuvo que “la actual situación electoral es muy compleja porque ningún órgano administrativo, ni judicial, ni siquiera el Tribunal Supremo, puede prever requisitos que la Constitución no establezca, y menos aún impedir el ejercicio de un derecho tan fundamental para un país y para su democracia como lo es el derecho al sufragio”.

Para la directora de Acceso a la Justicia, la sentencia dictada por el TSJ el 30 de diciembre de 2015 fue el inicio de lo que serían en lo sucesivo, durante todo el año 2016, trabas impuestas por el máximo órgano judicial. A su juicio, dichas trabas no tienen ninguna base jurídica, en efecto, carecen de legalidad, por ejemplo, en el caso de los diputados del estado Amazonas.

Este caso se basa en una prueba que es inconstitucional e ilegal, ya que es un audio cuya proveniencia no se conoce y no fue realizado en las condiciones que establece la Constitución, es más es una prueba prohibida por esta, y a pesar de ello, hay una Asamblea que ha sido prácticamente disuelta, sobre la base de una prueba que no se sabe de dónde vino, presentada por unos ciudadanos que no se sabe quiénes son, aunque se tiene conocimiento de que quien presentó el recurso tienen vinculaciones con el partido de gobierno. Al final el país está trancado en su funcionamiento institucional con sentencias que lo que van es poniendo trabas”.

La mayor paradoja según la abogada es que el TSJ ha insistido en lo grave que es cuando se vence el periodo de una persona en un cargo, no se proceda al nombramiento del nuevo responsable, pero este argumento ha sido válido solo para ciertos cargos, como los de los rectores del CNE, pero no de aquellos que deben ser elegidos por votos. Afirma Laura Louza en este sentido que el argumento es que “tiene que haber continuidad del servicio y los cargos no pueden estar vencidos, pero esto vale para nombramientos como los de las rectoras del CNE, o cuando el TSJ nombra a los jueces provisorios porque no puede esperar a que haya concurso por la continuidad del servicio, siendo que es responsabilidad del TSJ hacer esos concursos y tiene más de 10 años en mora; entonces ¿por qué la Asamblea no puede funcionar si hay unos diputados que están suspendidos? Sobre todo considerando que la responsabilidad de hacer esas elecciones es del CNE, no de la Asamblea. Igual ocurre con las gobernaciones, en ese caso parece que no importa que no haya elecciones, entonces pareciera que en unos casos no importa que no haya continuidad del servicio y personas que ocupan cargos cuyo periodo está vencido, pero en otros es muy importante, tanto como para que el TSJ usurpe funciones de la Asamblea y nombre a los rectores del CNE”.

Louza concluyó la entrevista diciendo que “lo que importa ahora es nombrar a alguien en un puesto que políticamente el Gobierno pueda controlar; pareciera que entonces lo importante es la continuidad del servicio al poder político instaurado, no al ciudadano y menos aún al pueblo”.

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