23 años sin que el TSJ se interesara por un caso, pero culpa al accionante

INTERÉS PROCESAL

Acá te contamos otra triste historia sobre el retraso procesal que se vive en la Sala Político Administrativa (SPA) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), esta vez afectando los derechos laborales de un trabajador.

El 3 de febrero de 1999, la entonces Corte Primera de lo Contencioso Administrativo remitió a la SPA el expediente contentivo de la querella por el pago de diferencia de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano Carlos Navarro contra el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Luego de más de un año, la causa entró a estado de sentencia el 20 de junio del año 2000. Sin embargo, 20 años después el asunto no ha sido decidido y el pasado 21 de diciembre de 2023 la SPA declaró la pérdida de interés del accionante.

La Sala (que recibió el expediente en 1999) no explica la inobservancia en la que incurrió, pues desde el año 2000 el expediente se encontraba en fase de sentencia. Reiteramos que quien accede a un tribunal lo que espera es que la controversia que plantea sea resuelta por el juez a través de una sentencia que dirima definitivamente el conflicto y proteja los derechos que puedan estar siendo afectados; en este caso, el accionante reclamaba una diferencia en el pago de prestaciones sociales.

Sin duda, la SPA desestimó la demanda del accionante invocando la pérdida del interés procesal, obviando el respeto al derecho fundamental de acceso a los tribunales que asiste a todas las personas, que lleva aparejado la correlativa obligación judicial de no incurrir en un rigorismo o formalismo excesivo, impidiendo así una resolución sobre el fondo del asunto. 

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