El 23 % de las leyes aprobadas en 2024 siguen sin publicarse en la Gaceta Oficial

GACETA OFICIAL

En el limbo. Allí se encuentran 4 de las 17 leyes que la Asamblea Nacional (AN) aprobó en 2024, por cuanto no se ha cumplido con el último trámite para considerarlas vigentes: su publicación en la Gaceta Oficial. Así lo reveló una investigación realizada por Acceso a la Justicia.

El número de textos que no han aparecido en la Gaceta Oficial representa el 23,5 %. Aunque la cifra representa una mejora con respecto al año anterior, cuando el porcentaje de instrumentos sin publicar ascendió a 28,57 %, lo cierto es que esta irregular práctica parece estar lejos de desaparecer.

Prueba de lo anterior es que, hasta el momento, el Parlamento ha dictado 90 instrumentos desde que se instaló en 2021, pero en 11 de ellos no se ha cumplido el formalismo antes mencionado (12,22 %).

La publicación de las leyes en la Gaceta Oficial  no es cualquier trámite. Así lo deja en claro el artículo 215 de la Constitución de 1999, el cual establece que «la Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente “cúmplase” en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela». Por su parte, el artículo 1 del Código Civil establece que:

«la Ley es obligatoria desde su publicación en la Gaceta Oficial o desde la fecha a posterior que ella misma indique”. Un mandato similar prevé la Ley de Publicaciones Oficiales, cuyo artículo 10 señala que “las leyes y demás actos jurídicos del Estado de efectos generales entrarán en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela».

Cuatro años en tinieblas

Entre los textos sancionados en 2024 cuya suerte se desconoce, figuran las leyes de Presupuesto Anual de la Nación para el Ejercicio Económico Financiero 2025, de Endeudamiento Complementario para 2024 y de Endeudamiento 2025.

Los textos son de gran trascendencia e impacto para los ciudadanos, pues prevén los fondos que el Estado destinará a servicios básicos como la educación, la salud, la seguridad social y el pago de pensiones o jubilaciones, así como a inversiones en infraestructuras.

Otra ley aprobada en 2024 y cuyo contenido es un misterio es la reforma de la Ley Orgánica de Comunas. Esta situación impide contrastar las palabras del presidente de la AN, Jorge Rodríguez, quien al hacer balance sobre la gestión de 2024, aseguró que la reforma busca ajustarse a los «nuevos tiempos y adecuamos a un proceso realmente ágil, eficaz, eficiente de ejercicio de la política en la base, en la célula, en el Poder Popular».

Cabe agregar que se desconoce el destino de leyes aprobadas por el Parlamento en años anteriores: la Ley Especial de Trabajadoras y Trabajadores a Domicilio aprobada en 2022 y la Ley Especial de las Trabajadoras y Trabajadores Agrícolas aprobada en 2023; aunado a  las leyes de presupuesto previas.

¿Pueblo legislador?

En su balance, Jorge Rodríguez se jactó de que las 17 leyes aprobadas en 2024 fueron producto del «esfuerzo de ustedes [los diputados] como pueblo y del pueblo con ustedes». Esto declaró al concluir el pasado ejercicio legislativo:

«No hubo un solo bufete y muchísimo menos un bufete en el este de Caracas que hollara con sus sucias manos ninguno de los instrumentos legales aprobados en esta Asamblea Nacional. No hubo el bufete tal y asociado o cual y asociado o el bufete con nombre extranjero que eran los hacedores de leyes a su imagen y semejanza en el pasado. Aquí cada ley es pueblo, cada palabra de esas leyes fue construida por el pueblo».

Las palabras del presidente de la AN contrastan con los hechos. El proceso que culminó con la aprobación de normas como la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, conocida como la Ley Antisociedad, o  la Ley Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela no incluyó consultas públicas transparentes y amplias con los sectores interesados.

Lo anterior representa una contravención a lo previsto en el artículo 211 de la Constitución, el cual señala:

«La Asamblea Nacional o las Comisiones Permanentes, durante el procedimiento de discusión y aprobación de los proyectos de leyes, consultarán a los otros órganos del Estado, a los ciudadanos y ciudadanas y a la sociedad organizada para oír su opinión sobre los mismos. Tendrán derecho de palabra en la discusión de las leyes los Ministros o Ministras en representación del Poder Ejecutivo; el magistrado o magistrada del Tribunal Supremo de Justicia a quien éste designe, en representación del Poder Judicial; el o la representante del Poder Ciudadano designado o designada por el Consejo Moral Republicano; los y las integrantes del Poder Electoral; los Estados a través de un o una representante designado o designada por el Consejo Legislativo y los y las representantes de la sociedad organizada, en los términos que establezca el Reglamento de la Asamblea Nacional».

Completando el círculo

El presidente de la AN también destacó que durante 2024 se concluyó el proceso de renovación de los poderes públicos con la designación de los integrantes del Consejo Moral Republicano, máxima instancia del Poder Ciudadano.

Así, en octubre pasado, Tarek William Saab y Alfredo Ruiz fueron reelegidos como fiscal general de la República y defensor del pueblo, respectivamente; mientras que Gustavo Vizcaíno fue designado como contralor general de la República.

No obstante, la reelección de Ruíz ha provocado dudas, pues el artículo 280 de la Constitución señala claramente que el titular del organismo encargado de velar por los derechos humanos de los venezolanos «será designado por un único período de siete años»

Ruiz ha estado al frente de la Defensoría del Pueblo desde agosto de 2017, cuando reemplazó a Saab por órdenes de la extinta Asamblea Nacional Constituyente (ANC); es decir, ha estado más de 7 años en el cargo sin haber sido seleccionado como corresponde por la ley. La explicación oficial para esta anomalía es que Ruiz estuvo ejerciendo como encargado (hasta noviembre de 2018 cuando fue juramentado como titular por la ANC), y por ello podía ser elegido nuevamente por la AN, sin que se considerara que se incumpliera la norma constitucional que exige un periodo único de 7 años.

Comparación sin sentido

Rodríguez calificó de «colosal» el trabajo que la quinta AN ha realizado, y lo contrastó con el realizado por el anterior Parlamento controlado por la oposición.

«Solo aprobaron dos leyes entre el año 2015 y el año 2019. Tres, porque aprobaron la reforma del Reglamento Interior y de Debates en el mes de diciembre del año 2016, perdón de enero», aseguró.

Los datos del legislador no se compaginan con la realidad, porque el Parlamento elegido en 2015 dictó muchas más leyes, pero solamente tres de ellas no fueron anuladas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), instancia que bloqueó al legislativo.

Un estudio realizado por Acceso a la Justicia arrojó que el máximo juzgado dictó en 5 años 145 sentencias, mediante las cuales arrebató funciones a los diputados o dejó sin efecto sus decisiones.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

La persistencia de la práctica de no publicar en Gaceta Oficial las leyes que aprueba la AN refuerza la situación de indefensión e inseguridad jurídica en la que se encuentran los venezolanos, puesto que hay incertidumbre respecto a si todos los instrumentos aprobados por los diputados están en vigor o no.

Esta irregularidad es otro ejemplo de la ruptura institucional en Venezuela, causa de la emergencia humanitaria compleja que afecta al país desde hace casi una década.

Pese a que el número de leyes cuya situación legal se desconoce es menor en 2024 respecto a años anteriores, lo cierto es que esta práctica no termina de desaparecer y parece formar parte de la opacidad estructural que invade a la gestión del Estado venezolano.

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