CICPC: el caballo de Troya del Ejecutivo Nacional para interferir en la justicia

POLICÍA

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) es, según el artículo 253 de la Constitución, parte del sistema de administración de justicia. Sin embargo, la propia Carta Magna lo pone bajo el control del Gobierno en su artículo 332. Esta contradicción ha servido al régimen político que gobierna el país desde hace más de veinte años a fin de utilizar progresivamente al organismo para interferir en el Poder Judicial, el cual, además de estar lejos de tomar medidas para poner fin a los abusos que históricamente ha cometido este cuerpo, los ha alentado.

A esta conclusión arribó Acceso a la Justicia en su informe Visión panorámica del sistema policial en Venezuela (2000-2018), que fue elaborado a lo largo de 2019 y en el que la organización hizo un estudio del impacto que, entre otros aspectos, han tenido los cambios legales adoptados en las últimas dos décadas sobre los cuerpos de seguridad del país y su función de protección de los ciudadanos.

En la investigación se denuncia que la reforma que el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) sufrió en 2012 y el nuevo Decreto Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses están dirigidos a darle «una mayor autonomía y discrecionalidad» a la otrora Policía Técnica Judicial (PTJ) frente al Ministerio Público.

En el informe se lee:

«El intento de mermar la dirección del Ministerio Público sobre la investigación penal (…) se observa en la mencionada reforma del COPP, en la que se eliminó el artículo 114 –que establecía la subordinación de los funcionarios del CICPC a los fiscales– y el 116 –donde se disponía el poder disciplinario del Fiscal General sobre los funcionarios de ese órgano de investigaciones–».

Además, se advierte que «la concentración de poder en el Ejecutivo nacional permea también esta delicada área»; como prueba se recuerda que el artículo 14 de la Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación de 2012 establece que el presidente de la República ejerce la «rectoría» y  «dirección» de la función de la policía de investigación.

En el reporte se cuestiona el silencio del Ministerio Público frente a estos cambios y que no haya hecho valer lo establecido en el artículo 16 de su ley, el cual establece lo siguiente:

«Ordenar, dirigir y supervisar todo lo relacionado con la investigación y acción penal; practicar por sí mismo o por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, o por los órganos con competencia especial y de apoyo en materia de investigaciones penales, las actividades indagatorias para demostrar la perpetración de los actos punibles».

Repitiendo los errores del pasado

Pese a que desde 1999 la legislación había ido diferenciando la labor de investigación penal y la de seguridad ciudadana, en el informe se alerta que aún existen «ventanas abiertas» que pueden contribuir a su confusión. Ejemplos de ello son la Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación y la reforma del COPP de 2012, las cuales han introducido «lógicas policiales y securitarias a la justicia, policializando la fase de investigación del proceso penal».

«El aumento del poder, discrecionalidad y autonomía del CICPC» son una mezcla peligrosa para los derechos fundamentales de los ciudadanos, se advierte en el reporte, en el cual se recuerda que ese cuerpo lidera el ranking de las policías más señaladas de cometer ajusticiamientos, de acuerdo a los informes elaborados por organizaciones como el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea).

El estudio fue elaborado por un equipo de expertos en la materia y coordinado por el investigador del Instituto de Ciencias Penales, Keymer Ávila. Para consultar su versión completa, haga clic aquí.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

El CICPC es una pieza fundamental para el esclarecimiento de los delitos y crímenes ocurridos en el país y para llevar a sus responsables ante la justicia. Sin embargo, las reformas legales aprobadas en los últimos años por el régimen político que gobierna el país desde más de dos décadas representan un atraso en la independencia de las investigaciones penales y, en consecuencia, del proceso y la justicia penal. Por una parte, los cambios profundizan la injerencia del Ejecutivo nacional en el sistema de justicia, y por la otra, la autonomía y discrecionalidad del CICPC constituyen un camino de retorno hacia un sistema inquisitivo, lo que se trata de un retroceso en materia de garantías y derechos ciudadanos conquistados.

No se puede olvidar que este organismo tiene un grave historial en materia de violaciones a los derechos humanos, tal y como se recuerda en este informe, en el que aparece señalado como el responsable de 41% de los ajusticiamientos ocurridos entre 2016 y 2017.

Enlace al Informe

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Para leer la nota en inglés, pulse aquí.

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