¿Cómo han sido los procesos en el TSJ en contra de la Asamblea Nacional?

ASAMBLEA NACIONAL

A la luz del anuncio del indulto de varios parlamentarios de la Asamblea Nacional (AN) por parte del Ejecutivo nacional el pasado lunes 31 de agosto de 2020, quienes fueron enjuiciados, entre otros, por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Acceso a la Justicia consideró importante mostrar mediante una infografía algunos datos reveladores sobre los procesos que desde el máximo tribunal se han llevado adelante en contra del Parlamento a partir del triunfo de la oposición en las elecciones de diciembre de 2015.  Los datos muestran muy claramente cómo el TSJ, y en particular su Sala Constitucional, ha estado al servicio del poder político, y no del ciudadano y de la Constitución, como es su mandato.

Desde diciembre de 2015 hasta el 10 de agosto de 2020 se ha contabilizado un total de 138 sentencias del TSJ en contra de la AN, en su mayoría emanadas de la Sala Constitucional. Los hallazgos más reveladores se pueden encontrar a continuación:

De la infografía anterior, resalta ante todo que el 90% de las sentencias del TSJ, lo que corresponde a 124 fallos, son sentencias definitivas, es decir, decisiones que resolvieron el fondo del caso planteado, y el resto, es decir, el 10% (14 sentencias) se trata de decisiones cautelares o interlocutorias.

Adicionalmente, destaca que 11 fallos de los 138 en contra de la AN, lo que representa el 8% del total, han sido dictados de oficio por el TSJ, es decir, emanados del propio alto tribunal sin la presentación de alguna demanda o solicitud. Esto es totalmente contrario a los principios de un Estado de derecho y al rol de un juez, que debe ser un árbitro imparcial en un conflicto entre partes y no pronunciarse a favor de una de ellas sin que siquiera haya una solicitud al respecto.

Ya en un ámbito aún más cercano a los derechos humanos, llama la atención que en el 95% de los casos (131 sentencias), la AN no se haya podido defender, y solo en 5% ha podido hacerlo, aunque con grandes limitaciones. Cuando se ha tratado de casos contra diputados, estos no han sido escuchados ni notificados, sino que se han enterado del proceso en su contra al ser emitida la sentencia. En algunas ocasiones, han sido detenidos arbitrariamente y luego se ha producido la sentencia, como ocurrió con Gilber Caro y con Juan Requesens.

Otro aspecto revelador es que 13% de las sentencias no han sido publicadas en su página web, lo que revela una política de opacidad institucional, sobre todo en casos de índole política.

En el caso concreto de las decisiones del TSJ en contra de la AN, cuyo texto no ha sido publicado ni se conoce o en que no hay sentencias sino notas de prensa,  se trata de enjuiciamientos contra diputados, que violan su inmunidad parlamentaria,  el debido proceso, e incluso sus derechos a la libertad personal y a la vida, en especial si esos parlamentarios son encarcelados.

Lo que hace aún más evidente la parcialidad del TSJ y su servicio al poder político en los procesos llevados adelante en contra del parlamento es que 107 casos fueron resueltos en un tiempo promedio de 26,55 días cuando el chavismo hizo la solicitud. Es decir, que al máximo tribunal en esos casos no le tomó ni un mes sentenciar. En cambio, cuando las acciones fueron planteadas por la oposición, el alto tribunal procedió con indudable dilación, pues estos casos fueron resueltos con un tiempo promedio de 298,5 días. Esto significa que el TSJ se tomó casi un año para dar respuesta a las solicitudes de la oposición.     

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

Como Guarnieri y Pederzoli advierten en su obra Los jueces y la política, para garantizar que el juez cumpla con su rol de guardián y árbitro, sin convertirse en un político, debe tener limitaciones en su potestad de interpretar la norma jurídica para que no pueda cambiarla ni actuar a menos que sea a petición de parte. La razón de ello es que los órganos políticos pueden empezar a forzarlo para que conozca de oficio sobre ciertos casos, y el juez, como consecuencia de ello, empiece a modificar normas a su antojo, incluso la Constitución.

Si eso ocurriera, el Poder Ejecutivo tendería cada vez más a judicializar asuntos que le interesan para que el Judicial los resuelva según sus intereses. Este por su parte va a dejar de atender a los ciudadanos, y con el tiempo a alejarse del Derecho y, por tanto, de la justicia. Ello es precisamente lo que ha ocurrido en Venezuela.

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