Consideraciones sobre el régimen sancionatorio en las contrataciones públicas

El desarrollo normativo de las contrataciones públicas es relativamente reciente y ha estado sujeto a los vaivenes que el flujo del ingreso petrolero – o la falta del mismo- ha impuesto a la Administración.

Lo expuesto, trae como consecuencia que la experiencia de la regulación de la contratación pública sea una de las áreas más recientes en el derecho administrativo venezolano, con las consecuencias que de ello se derivan en una economía fuertemente influenciada por el gasto público y con un funcionariado sin garantías de continuidad, sujeto a las variaciones de cada nuevo gobierno, y en otros casos, al simple cambio de autoridades de los entes u órganos en los que se encuentran.

Esto, por supuesto, genera dificultades a la hora de establecer una ejecución coherente y cohesionada de la normativa vinculada a la contratación pública, y, sobre todo, para el desarrollo de una práctica administrativa que permita hacer evolucionar su normativa en razón de lo actuado y del cambio del entorno social y técnico.

Consecuencia lógica de todo lo anteriores que no resulte una sorpresa que cuando se trata lo relativo al régimen sancionatorio se deba hacer alusión a varias fuentes normativas, con diferente grado de evolución, para tratar de conformar una visión coherente sobre el mismo.

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