Convocatoria a Elecciones de Sindicato

TSJ

Sala Electoral.

Solicitud de convocatoria a elecciones.

Sentencia Nº 125        Fecha: 08/10/2013.

Caso: Sindicato Unión de Obreros y Empleados de Telecomunicaciones El Tigre solicitan se “…ordene la convocatoria para llevar a cabo las elecciones de la Junta Directiva…” del referido sindicato.

Comentario de Acceso a la JusticiaSobre el caso concreto, la Sala indicó que:

“… condicionar a los miembros de una organización sindical a que para acudir a un órgano jurisdiccional y solicitar se convoque a elecciones, tengan que hacerlo en un número mínimo equivalente al diez por ciento (10%) de sus miembros, negando la admisión a todas aquellas solicitudes que se presenten por un número de afiliados inferior a éste porcentaje, aun cuando la mora en la elección de sus autoridades es palmaria, contraría tajantemente el derecho de acceso a la justicia y de tutela judicial efectiva contemplados en el artículo 26 constitucional, en el sentido de que no podrá algún miembro del sindicato por sí solo, en ejercicio de su derecho al sufragio, acudir a un tribunal y solicitar le ordene a las autoridades sindicales convoque a elecciones por cuanto sus períodos están vencidos, sino se hace acompañar por al menos un diez por ciento (10%) de los trabajadores, tal y como lo establece el artículo 406 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

En virtud de lo anterior, esta Sala en aras de garantizar el derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y el derecho al sufragio de los solicitantes, establecidos en los artículos 26 y 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desaplica para el caso concreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 334 eiusdem, la condición prevista en el artículo 406 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, respecto a que las solicitudes de convocatoria a elecciones deben ser presentadas por un mínimo del diez por ciento (10%) de los trabajadores afiliados al sindicato, y así se decide.”

Decisión: Se ADMITIÓ la solicitud de convocatoria a elecciones sindicales, y se acordó tramitar la misma conforme a las previsiones procesales aplicables a las acciones de amparo constitucional, según el procedimiento establecido por la Sala Constitucional en sentencia de fecha primero de febrero de 2000.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/selec/octubre/157274-125-81013-2013-AA70-E-2013-000071.HTML

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