Creación del Ministerio del Poder Popular para los Adultos y Adultas Mayores, Abuelos y Abuelas de la Patria y Nombramiento de su Titular

GACETA OFICIAL

En la Gaceta Oficial n.° 6.819 Extraordinario del 01/07/2024, difundida por el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO), a través de su sitio web oficial, el 10/07/2024, se publicaron los textos de dos (2) Decretos estrechamente vinculados, los cuales se señalan a continuación:

01.  Decreto n.° 4.968, de fecha 01/07/2024, mediante el cual se crea el Ministerio del Poder Popular para los Adultos y Adultas Mayores, Abuelos y Abuelas de la Patria y se adscriben a este Ministerio el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), y la Gran Misión en Amor Mayor Venezuela, con vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

En este Decreto, amén de la creación del Despacho Ministerial señalada, también, se dispone lo siguiente:

A.    El MPP para los Adultos y Adultas Mayores, Abuelos y Abuelas de la Patria, tendrá la rectoría de las políticas públicas, misiones, grandes misiones y misiones de nueva generación de esta materia, atendiendo de manera particular, los temas estructurales, de justicia social, asociados a:

1. Salud y Alimentación.

2. Protección Social Integral.

3. Organización de Abuelos y Abuelas de la Patria.

4. Casas de Abuelos y Abuelas.

(Artículo 2º del Decreto).

B.    El MPP para los Adultos y Adultas Mayores, Abuelos y Abuelas de la Patria, deberá presentar ante el MPP de Planificación, dentro de un plazo de treinta (30) días el correspondiente Reglamento Orgánico para su consideración y aprobación, conforme a las previsiones contenidas en el Decreto sobre Organización General de la Administración Pública Nacional. (Artículo 3º, único aparte, del Decreto).

C.    En un plazo de treinta (30) días contados a partir de la publicación de este Decreto en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el MPP para los Adultos y Adultas Mayores, Abuelos y Abuelas de la Patria, deberá efectuar los trámites legales y administrativos ordenados en este Decreto. (Artículo 5º del Decreto).

D.   Según el artículo 6º del Decreto, se adscriben al MPP para los Adultos y Adultas Mayores, Abuelos y Abuelas de la Patria:

§ La Gran Misión Abuelos y Abuelas de la Patria.

§ El Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS).

§ La Gran Misión en Amor Mayor Venezuela.

02.  Decreto n.° 4.969, fechado 01/07/2024, mediante el cual se nombra al ciudadano Rafael José Argotty Zambrano, titular de la Cédula de Identidad n.° V-3.882.860, como Ministro del Poder Popular para los Adultos y Adultas Mayores, Abuelos y Abuelas de la Patria, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. (Artículo 1º del Decreto).

La vigencia de este Decreto se fijó a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela (Artículo 2º del Decreto).

El siguiente enlace permite la consulta y descarga por medios electrónicos de la Gaceta Oficial señalada, en la cual se publicaron los Decretos a los cuales se ha hecho mención:

http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700047003/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=3648&Sesion=1119326121

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