Cronología del caso Antonio Ledezma

Cronología caso Antonio Ledezma

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19 de febrero de 2015

Antonio Ledezma Díaz fue aprehendido por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin). Esta causa guarda relación con el caso de Lorent Gómez Saleh, Gabriel Valles, Ronny Navarro, Gerardo Carrero y Renzo Prieto, quienes fueron imputados por su presunta vinculación con los planes conspirativos. Según la investigación, Gómez Saleh, Valles y Navarro aparecen en varios videos manifestando su intención de atentar contra edificaciones públicas y privadas con el fin de causar alarma y caos en el país, y además mencionan al burgomaestre como pieza fundamental de sus planes.

Horas de incertidumbre

Durante las horas siguientes a la detención surgieron dudas sobre el lugar de reclusión del alcalde metropolitano. Una multitud de personas se congregó frente a la sede del Sebin de Plaza Venezuela para exigir que se revelara la ubicación del detenido, acompañando a su esposa y a líderes políticos de la oposición, como Henrique Capriles Radonski y María Corina Machado.

Esa noche cadena nacional

Horas después de conocerse la reclusión del Alcalde Metropolitano en la sede del Sebin ubicada en Plaza Venezuela, al caer la noche, en cadena nacional de radio y televisión, el presidente Nicolás Maduro se refirió a Antonio Ledezma:

“El señor Ledezma (…) Antonio Ledezma, el día de hoy, por orden de la Fiscalía, fue capturado y va a ser procesado por la justicia venezolana para que responda por todos los delitos cometidos contra la paz del país, la seguridad, la Constitución”.

A Ledezma se le vincula con las denuncias de golpe de Estado realizadas por el Ejecutivo Nacional, basándose en el comunicado titulado Llamado a los venezolanos a un acuerdo nacional para la Transición. Ese comunicado está firmado además por Leopoldo López y María Corina Machado, “son tres reincidentes”.

20 de febrero de 2015

Sale a la luz pública que el juez que ordenó la captura de Ledezma, Miguel José Graterol Maneiro, enfrentó un proceso disciplinario en 2012.

6 de abril de 2015

El fiscal 16° del Área Metropolitana de Caracas (AMC), José Luis Orta, acusó a Ledezma por los delitos de conspiración y asociación, previstos y sancionados en el Código Penal y en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. En el escrito presentado ante el Tribunal 6° de Control del AMC, el fiscal solicitó la admisión de la acusación y el enjuiciamiento, así como que se mantenga la medida privativa de libertad contra el burgomaestre. El alcalde se encontraba para ese momento recluido en la sede del Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde, ubicado en Los Teques (estado Miranda), por orden de la referida instancia judicial, tras serle dictada una medida privativa de libertad.

24 de abril de 2015

El Ministerio Público solicitó ante el Tribunal 6° de Control del Área Metropolitana de Caracas una medida cautelar sustitutiva de libertad para el alcalde Ledezma, para operarse de una “hernia reproducida y la necesidad de tratamiento quirúrgico a la brevedad posible”.

Antonio Ledezma comienza a partir de esta fecha casa por cárcel.

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21 de octubre de 2015

Fue suspendida por séptima oportunidad la realización de la audiencia preliminar del caso de Antonio Ledezma.

13 de noviembre de 2015

Después del octavo intento se volvió a suspender la audiencia preliminar para el día 15 de diciembre. La audiencia busca determinar si Antonio Ledezma irá a juicio o no por presuntamente ser responsable de los delitos de conspiración y asociación para delinquir.

14 de enero de 2016

En el acto pautado para el 14 de enero, luego de haber sido suspendido el 15 de diciembre, debió decidirse si Ledezma iba a juicio o no, pero una vez más la audiencia fue diferida, en esta ocasión para el 15 de febrero de 2016.

15 de febrero de 2016

Antonio Ledezma es trasladado a tribunales para la realización de la audiencia preliminar luego de ser llevado al Helicoide.

16 de febrero de 2016

El Tribunal de control ordenó el pase a juicio de Antonio Ledezma, manteniendo la medida cautelar de arresto domiciliario. Los cargos ratificados por el Ministerio Público son asociación para delinquir y conspiración, al mismo tiempo que pidió dieciséis años de cárcel y que se mantenga la medida cautelar. En horas de la mañana se dio inicio a la audiencia Preliminar después de un año detenido, primero en Ramo Verde y luego en su casa.

19 de febrero de 2016

Antonio Ledezma cumple un año de haber sido aprehendido, y aunque goza del beneficio de casa por cárcel aún no disfruta de libertad.

23 de febrero de 2016

Más de veinticinco organizaciones no gubernamentales de derechos humanos hacen a Ledezma merecedor del prestigioso premio Geneva Summit Courage Award, durante la apertura de la Cumbre de las Naciones Unidas por los Derechos Humanos y la Democracia en Ginebra. El premio lo recibió su hija Antonietta Ledezma, agradeciendo a la comunidad internacional por su interés en la dura situación que atraviesan los venezolanos y, principalmente, los presos políticos. El premio también fue otorgado a familiares del dirigente Leopoldo López.

25 de febrero de 2016

Las hijas del alcalde metropolitano de Caracas, Oriette y Antonietta Ledezma, sostuvieron una reunión con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, para solicitarle que abogara por la libertad de Antonio Ledezma y la de todos los presos políticos en Venezuela desde el seno de la ONU, según lo reseña con detalles el diario El Nacional.

24 de mayo de 2016

Impidieron al líder político español Albert Rivera visitar al Alcalde Antonio Ledezma.

“Nos hemos encontrado que en Venezuela, en Caracas, el alcalde electo por los ciudadanos de Caracas no solo es que esté preso, es que está incomunicado, es que no nos dejan verle, es que no nos dejan escucharle, no nos dejan hablar con él y, es más, su régimen no le permite ni que hable”, dijo Rivera a periodistas.

El político español dijo, a las puertas de la residencia del alcalde, que la familia y los abogados de Ledezma comunicaron de la visita a las autoridades y se cumplieron todos los requisitos para que se diera el encuentro, pero no fue permitido. “Esto es una muestra más de lo que veníamos denunciando esta mañana en la Asamblea (AN, Parlamento), no hay democracia si los líderes de la oposición o los líderes electos están en la cárcel o en régimen penitenciario”, comentó Rivera. Criticó que algunas personas digan que en Venezuela “hay plena democracia” o que “no hay presos políticos” y “normalidad absoluta”.

He visto algo que no es normal, que no lo había visto en 36 años que tengo y que no me esperaba ver en una democracia, que es no poder ver a una persona habiendo comunicado la visita y una persona que está en régimen penitenciario y una persona que electa por los ciudadanos de Caracas (…). Y me voy triste de aquí pero también con las ganas de volver algún día y conocer al alcalde Ledezma porque creo que muchos ciudadanos se merecen tener a su alcalde otra vez”, señaló antes de retirarse para intentar visitar a Ceballos (tomado de EFE).

15 de junio de 2016

El abogado del alcalde metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, quien se encuentra bajo arresto domiciliario, anunció en Miami que se basará en un informe de la empresa Apple para pedir que se anule por “falsificación” de pruebas el juicio contra su defendido. El informe revelado recientemente confirma, según el abogado Omar J. Estacio, que el “montaje probatorio” contra Ledezma se cimentó en un sistema operativo de Apple que no estaba vigente en esa fecha, el 21 de mayo de 2014, por lo que se trata de un “fraude producto de un vulgar montaje”. Estacio hizo estas declaraciones en una rueda de prensa celebrada en la localidad de Doral, aledaña a Miami, en la que estuvo acompañado de los letrados que presentaron el caso ante un tribunal de Miami que ordenó al gigante tecnológico que revelara los datos sobre la vigencia o no de ese sistema operativo en esas fechas.

En la documentación a la que tuvo acceso Efe, Apple responde que el “sistema operativo OSX 10.9.4 patentado por Apple, no estaba a disposición de ningún usuario para el 21 de mayo de 2014”. Los abogados de Ledezma habían denunciado ya en diciembre pasado que el caso contra el alcalde metropolitano se basaba en un “montaje probatorio” de la “Fiscal del Ministerio Público con un sistema operativo que no estaba vigente para la fecha”. “Quienes deben estar presos son los funcionarios (venezolanos) que hicieron trucaje probatorio para armar un expediente lleno de irregularidades y falsedades”, afirmó Estacio en la conferencia. También explicó que ante la negativa inicial de Apple de revelar la información solicitada, la defensa de Ledezma presentó el caso ante un tribunal de Miami y la jueza Cecilia M. Altonaga ordenó a la compañía estadounidense que respondiera a la solicitud efectuada por los abogados del regidor (tomado de EFE).

3 de julio de 2016

Se cumplieron 500 días de ilegal y arbitraria detención de Antonio Ledezma. Desde la Plaza Brión de Chacaíto diversos dirigentes del partido Alianza Bravo Pueblo y de la Mesa de la Unidad Democrática, junto a la esposa del alcalde, se unieron en una protesta pacífica.

La esposa del alcalde, Mitzy Capriles de Ledezma, reiteró la inocencia de su esposo: “Son 500 días de dolor, de injusta prisión, le pedimos al presidente Nicolás Maduro que se dé cuenta, que el problema del país es él y su gobierno, a Antonio se le violaron los derechos humanos atribuyéndole delitos que no cometió, en realidad su única infracción fue opinar sobre las equivocadas políticas de este gobierno. Son muchos los que abogan y alzan la voz por su libertad plena. No vamos aceptar que no haya Revocatorio. Venezuela necesita cambio ya”, enfatizó (tomado de Prensa ABP).

19 de agosto de 2016

Un año y medio preso cumple la máxima autoridad de Caracas, Antonio Ledezma, detenido injustamente en su residencia tras una medida de arresto domiciliario. Esta situación constituye un eslabón más en la cadena de agresiones de la que ha sido objeto Ledezma y, por consiguiente, la Alcaldía Metropolitana de Caracas, a la cual le fueron despojadas 90% de sus competencias y 99,5% de su presupuesto, para ser transferidos a una instancia paralela creada por el Gobierno Nacional (tomado de El Nacional).

Ciudadanos y simpatizantes del partido Alianza Bravo Pueblo salieron nuevamente a las calles para exigir la liberación de Antonio Ledezma. De esta forma, y como una medida pacífica de contrarrestar las arbitrariedades de los organismos del Estado, se congregaron significativas figuras del partido fundado por Antonio Ledezma, como las dirigentes de ABP en Miranda Rosaura Sanz e Isabel Pérez, la concejal del municipio Chacao, Mabiary Álvarez, y una importante cantidad de jóvenes de la Alianza Juvenil de ABP.

19 de noviembre de 2016

El alcalde metropolitano, Antonio Ledezma, cumple 21 meses privado de libertad. Poco antes sus familiares desmintieron que fuera a ser liberado en los próximos días.

Comentario de Acceso a la Justicia

El retardo procesal constituye una violación de los derechos humanos de un ciudadano que ya sido acusado por el Ministerio Público de la comisión de un delito. El retardo procesal en condiciones de arresto domiciliario constituye otro elemento que agrava la condición del imputado, y si se trata de un funcionario público elegido por la voluntad popular es una muestra autoritaria que revela la condición de rebaja de los patrones democráticos del Estado venezolano.

Los delitos que se le imputan a Antonio Ledezma son asociación para delinquir y conspiración. La asociación para delinquir está contemplada en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. “Quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada, será penado o penada por el solo hecho de la asociación con prisión de seis a diez años”. La conspiración está contemplada en el artículo 132 del Código Penal, que al efecto señala: “Cualquiera que, dentro o fuera del territorio nacional, conspire para destruir la forma política republicana que se ha dado la Nación, será castigado con presidio de ocho a dieciséis años”.

En cuanto al primer delito imputado, es bueno señalar que ha sido utilizado por el Ministerio Público contra todos los considerados presos políticos para poder lograr la medida de privación de libertad, ya que contempla una pena alta, de seis a diez años (una media de 8 años), lo cual unido a cualquier otro delito, rebasa el límite de diez años que otorga el COPP para que proceda la privación de libertad. Así sucedió en el caso de Leopoldo López y otros políticos detenidos. Sobre todo teniendo en cuenta que su comprobación es nula, por cuanto la misma norma contempla el delito por el solo hecho de la asociación y, como sabemos, todos los políticos están en alguna asociación con otros líderes o militantes.

Sobre la prohibición de que el alcalde reciba visitas de personas públicas en su casa, puede ser denunciada como un delito en contra de los derechos humanos a la comunicación y a la dignidad de la persona en arresto domiciliario, así como una violación flagrante al principio universal de la presunción de inocencia.

Por otro lado, también es importante señalar que en nuestra Constitución los tratados internacionales y demás leyes procesales protegen al ciudadano contra la obtención ilegal de pruebas por parte de la Fiscalía. Así el artículo 49 constitucional es categórico: “Serán nulas las pruebas obtenidas mediante la violación del debido proceso”. Esto quiere decir que en nuestro sistema procesal se aplica el principio del “fruto del árbol envenenado” que tanto se utiliza en el sistema procesal acusatorio, y que consiste en que todo lo que ha sido de alguna manera infectado por la prueba obtenida ilegalmente queda nulo y debe ser desechado para la acusación en contra del imputado.

El Código Orgánico Procesal Penal lo señala expresamente en el artículo 181: “Los elementos de convicción solo tendrán valor si son obtenidos por un medio lícito e incorporados al proceso de conformidad con las disposiciones de este código. No podrá utilizarse información obtenida mediante tortura, maltrato, coacción, amenaza, engaño, indebida intromisión en la intimidad del domicilio, en la correspondencia, las comunicaciones, lo papeles y los archivos privados, ni la obtenida por otro medio que menoscabe la voluntad o viole los derechos fundamentales de las personas. Asimismo, tampoco podrá apreciarse la información que provenga directa o indirectamente de un medio o procedimiento ilícito”.

Una vez realizada la audiencia preliminar y el pase a juicio del alcalde Ledezma, empieza a contar un número determinado de días para que comience el juicio oral y público, de lo contrario la defensa podrá exigir que se realice lo antes posible con un amparo, pero también podrá exigir medidas cautelares más flexibles por la demora en el comienzo de este. Así lo determina el artículo 325 del COPP, que afirma que el juez de juicio señalará la fecha de inicio del juicio, que deberá tener lugar ni antes de diez días ni después de quince a partir de la recepción de las actuaciones por parte de este tribunal, quien ordenará la citación de las partes para que concurran al proceso.

Ha transcurrido ampliamente dicho lapso sin respuesta de los tribunales, lo que constituye otra violación del acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva de los que goza todo ciudadano en nuestro país.

Otro hecho grave lo constituye el silencio y la omisión de pronunciamiento de las instituciones que tienen a cargo estas competencias, como son la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, el mismo Ministerio Público o la Defensoría del Pueblo.

1 de agosto de 2017

Tras 29 meses privado de libertad y cumpliendo arresto domiciliario, el Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) detuvo a Ledezma la madrugada del 1 de agosto de 2017, dos días después de las elecciones fraudulentas de la Asamblea Nacional Constituyente y tras filmar un video en el que llamaba a la oposición a no participar en las elecciones regionales.

En horas de la mañana del mismo día se conoció que la aprehensión fue ordenada por el Tribunal 6° de Control al revocar la medida de casa por cárcel acordada a favor del alcalde, ante un presunto plan de fuga. Fue recluido en la cárcel militar de Ramo Verde.

04 de agosto de 2017

Así como el Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) se llevó de madrugada al alcalde metropolitano, Antonio Ledezma, así lo regresó a su vivienda este 4 de agosto. El líder del partido Alianza Bravo Pueblo continuará con el régimen de casa por cárcel, que había interrumpido el Tribunal 6° de Control de Caracas, el martes 1 de agosto, por la sospecha de un plan de fuga. Sin embargo, ahora se le regresa a su domicilio y no se da explicación alguna de por qué el cambio, manteniendo los medios oficiales un silencio al respecto.

Al retornar a su vivienda, proveniente de la cárcel militar de Ramo Verde, de la que fue sacado a empujones y en pijamas, Ledezma expresó que regresaba con la “angustia de que Leopoldo (López) y más de 600 presos políticos siguen tras las rejas”.

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