Decreto de emergencia económica
El Decreto de Emergencia Económica del Presidente de la República, que fuera rechazado por la Asamblea Nacional el pasado 22 de enero de 2015, establece como objetivos “estimular la inversión extranjera” y “requerir” a las empresas públicas y privadas “incrementar sus niveles de producción”, pero no indica las medidas para lograrlo, ni cómo se implementarían.
En tal sentido, parece positivo que el gobierno entienda el importante papel que tiene la empresa privada en cualquier economía que quiera desarrollarse, y que incluso se tenga interés en que empresas extranjeras vengan a invertir sus capitales a nuestro país.
Sobre la importancia de la empresa privada para el desarrollo de un país y lo equivocado de la política gubernamental venezolana al respecto, lo destacó el propio creador del socialismo del siglo XXI, Heinz-Dieterich, en 2014 en los siguientes términos: “El gran error del gobierno de Maduro es seguir con la idea de Chávez, insostenible, de que el gobierno puede sustituir a la empresa privada” (Ver más).
No obstante, para que los objetivos del decreto de emergencia económica no sean simples declaraciones vacías, deben existir además condiciones mínimas que garanticen al inversionista extranjero, por ejemplo, que pueda repatriar a su país de origen las ganancias que obtenga, porque si no, ¿para qué invierte? Y también es fundamental que el sistema de justicia funcione de manera transparente e imparcial, porque si no ¿quién garantiza al inversionista que en caso de un juicio en Venezuela, éste se resuelva de manera legal y no política?
La misma lógica aplica para las empresas nacionales quienes requieren de un marco mínimo que les dé seguridad jurídica y que les permita desarrollarse y ampliarse sin obstáculos por parte del Estado.
Por eso, en este contexto de crisis económica debe hacerse un análisis del marco regulatorio vigente en Venezuela y que no sólo contradicen los objetivos del decreto, sino que los anula.
Así, por ejemplo, el ordenamiento legal actual y la regulación ministerial en materia laboral contienen disposiciones que establecen un modelo de transición de la producción “capitalista” a la “socialista”, donde se prevé prácticamente la desaparición de la empresa privada y su sustitución por la empresa pública, y en el mejor de los casos, por una empresa mixta. Igualmente, lo establece el Plan de la Patria, que parece ser el que en realidad rige la actuación del gobierno y no la Constitución (Ver más).
Las normas en materia laboral pretenden cambiar el modelo actual de la empresa privada en el sentido que el manejo o gestión ya no sería, como en la actualidad, mediante una directiva nombrada por los accionistas que aportaron el capital, sino por un “Modelo de Gestión Múltiple Socialista”, que cuente con dos puntas de acción: “Los Consejos de Trabajadores” y “Los Consejos Comunales”, con el propósito de que participen en la “gestión” o manejo directo de la empresa tanto los trabajadores como la comunidad.
En este nuevo esquema, los trabajadores formarían parte de la junta directiva sin aportar capital, porque para el nuevo modelo socialista y del “proceso social del trabajo”, lo importante no es el aporte de capital, sino el aporte del trabajo, reconocido para como la verdadera fuente de riqueza social.
Para garantizar que los trabajadores tengan el conocimiento del negocio, el Ministerio del Trabajo conjuntamente con el INCES, ha creado “Centros de Formación para los Trabajadores”, y exige a los patronos que los capaciten, así como que forme a la comunidad a través del “Plan de Formación bianual”. Sin embargo, estos cambios en la estructura y funcionamiento de la empresa privada lo que hace es desincentivar la inversión (Ver infografía de Acceso a la Justicia: 3 características de la LOTTT que frenan la inversión en Venezuela).
Este modelo tiene la ventaja respecto a lo que se ha estado haciendo en Venezuela en los últimos 10 años, que no es una expropiación directa de la empresa en la que se nombra a un representante del gobierno para administrarla, pues el propio gobierno ha reconocido el fracaso de esas expropiaciones, sin embargo, se trata de una nueva forma de intervención de la empresa privada que también como la de la expropiación viola la Constitución (artículos 112 y 115) y desincentiva la inversión y la producción, además de crear gasto público.
En efecto, al no haber aportes de capital por parte de los trabajadores, y al haberse limitado al patrono el derecho de disposición y manejo de la empresa, uno de los efectos es que éste difícilmente aportará capital, lo que afectará la productividad de la empresa y la calidad de los productos. Esto perjudicará al propio trabajador y sus derechos, así como los de los consumidores, que somos la gran mayoría de los ciudadanos. El gobierno plantea resolver este problema haciendo él mismo los aportes de capital y ocupándose de la modernización de la empresa.
El problema es que como el gobierno no tiene dinero propio, sino el de los contribuyentes (ciudadanos), y en el caso venezolano, además el proveniente del petróleo, se usará dinero público para una actividad que puede ejercer un privado, en vez de destinarse esos ingresos a servicios públicos.
Es obvio que el panorama normativo descrito no ayuda a la inversión, es más la espanta, porque nadie invierte para que le quiten su inversión, por lo que es importante entender que la inversión privada no llega por decreto, sino con medidas concretas y políticas públicas adecuadas para incentivarla.
¿Y a ti venezolano cómo te afecta?
Cuando un gobierno no quiere aceptar que el origen de los problemas está en sus propias políticas, surgen contradicciones como ésta, donde por un lado, se dice en un decreto que se pretende incrementar la producción de las compañías privadas e incluso atraer la inversión extranjera, y por otra parte, se establecen disposiciones que privan al propietario del control de su empresa y crean desincentivos a la inversión. Y esto no es sólo para grandes capitales, pues estas disposiciones abarcan al pequeño y mediano empresario, por lo que cualquier iniciativa exitosa que tengamos los venezolanos, por modesta que sea, se encuentra sujeta a este modelo de control que vulnera el derecho de propiedad establecido en la Constitución, así como el de libertad de empresa y emprendimiento, y con ello, el derecho al trabajo, porque al no haber empresa privada, no hay trabajo.
En este sentido es muy importante tener en cuenta lo que dice la Organización Internacional del Trabajo:
“En la mayoría de los países son las empresas privadas las que crean el mayor número de empleos, sobre todo en los países en desarrollo, en los que más del 90% de los empleos se encuentran en el sector privado. Las personas que han superado la pobreza identifican «encontrar un empleo remunerado» o «crear una empresa» como las dos razones más importantes (Ver más).