Después de doce años de proceso, un bombero incapacitado debe comenzar nuevamente su juicio para tratar de obtener justicia. Es el caso de Alexis Barajas Pineda, quien se desempeñó como bombero para el municipio San Cristóbal del estado Táchira desde 1989 hasta 2006 ocupando varios cargos, desde bombero de planta hasta jefe de sección.
En 2005 se determinó mediante evaluaciones médicas que sufría de enfermedad agravada por el trabajo, que le ocasionó una discapacidad parcial permanente. En ocasión a ello, la relación laboral terminó en febrero de 2006. Al año siguiente, el señor Barajas interpuso una querella por reclamación de indemnización de enfermedad ocupacional contra el municipio San Cristóbal, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de la Región.
En diciembre de 2007 el Juzgado se declaró incompetente por la cuantía para conocer el caso, y acordó declinar la competencia a la Corte de lo Contencioso Administrativo. Poco después, en febrero de 2008, se recibió el caso pero se le admitió como una demanda por daños y perjuicios, daño moral y lucro cesante, sin considerar que era un recurso contencioso administrativo funcionarial.
Cuatro años después de interpuesta la demanda, la Corte declaró sin lugar las pretensiones del accionante, argumentando que no se demostró fehacientemente la relación de causalidad entre las labores y la enfermedad que le produjo su incapacidad.
En junio de 2012, Alexis Barajas apeló la mencionada sentencia ante la Sala Político Administrativa (SPA) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), alegando que la Corte erró al calificar la acción como una demanda por daños y perjuicios, y no como un recurso contencioso administrativo funcionarial.
Siete años después, en 2019, la Sala dictó sentencia declarando con lugar la apelación ejercida, anuló la decisión impugnada, así como todas las actuaciones llevadas a cabo, y ordenó reponer la causa al estado de admisión.
De esa forma, se ordenó remitir la causa al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira para reiniciar el juicio. Es decir, el señor Barajas debe empezar su juicio desde cero.
Por ello, si bien es cierto que Alexis Barajas ha ganado su apelación judicial no ha obtenido justicia, ya que no ha habido una sentencia que resuelva el fondo del asunto, debiendo ahora recomenzar todo el proceso casi doce años después de iniciado.
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