El estado de alarma prorrogado por cuarta vez

GACETA OFICIAL

A través de las redes sociales, se ha difundido la Gaceta Oficial No. 6.554 Extraordinario del 10/07/2020, en la que se publicó el Decreto No. 4.247 de esa misma fecha, mediante el cual se declara el estado de alarma para atender la emergencia sanitaria del coronavirus (Covid-19), con vigencia de treinta (30) días, contados a partir de su publicación en Gaceta Oficial.

Según dicha disposición, “… se decreta el Estado de Alarma en todo el Territorio Nacional, dadas las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana, a fin de mitigar y erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus (COVID-19) y sus posibles cepas, garantizando la atención oportuna, eficaz y eficiente de los casos que se originen.

El mencionado Decreto reproduce el texto de su inmediato predecesor, el Decreto No. 4.198 del 12/05/2020 (G.O. No. 6.535 de esa misma fecha), salvo en lo que respecta a su fundamentación legal, en la cual se ha agregado el numeral 3 del artículo 4 del Decreto con Fuerza de la Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, se suprimió un considerando y se presentan algunos detalles intrascendentes de redacción.

Sin embargo, lo más grave de este decreto, y de los que le precedieron es que no cumple la obligación constitucional de regular todos los derechos que limita, como sería el caso del derecho al libre tránsito, lo que se ha traducido en abusos por parte de autoridades locales que limitan arbitrariamente ese derecho sin tener competencia alguna para hacerlo.

En consecuencia, este nuevo Decreto no introduce variante alguna, por lo que se reiteran las ya conocidas medidas inmediatas de prevención y las medidas concurrentes en caso de riesgo de contagio, sospecha de contagio o contagio efectivo, así como la conformación y funciones de la Comisión COVID-19, en tanto que órgano rector para la implementación del estado de alarma que se establece.

Los vínculos para acceder a la referida Gaceta son:

https://app.box.com/s/2u2sa9vucg56s9mht46ahjqc3ihlrwrt

https://es.scribd.com/document/469420092/Gaceta-Oficial-Extraordinaria-6554#download&from_embed

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