El hecho notorio judicial y su valor probatorio

ASAMBLEA NACIONAL

Sala: Político-Administrativa

Tipo de Recurso: Apelación

Materia: Procesal

Sentencia n.º 1259                                 Fecha: 06-12-2018

Caso: Igor Flasz Goldberg

Decisión: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta

Extracto:

Desde esa perspectiva, esta Máxima Instancia tal como lo advirtiera en los antecedentes del presente fallo, tiene conocimiento por notoriedad judicial que en el expediente signado bajo el Nro. 2012-0742 de la nomenclatura de esta Sala, se sustanció el procedimiento de segunda instancia inherente al recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Promociones 21212, C.A., contra el fallo definitivo Nro. 1589 del 30 de enero de 2012, dictado por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la licenciataria contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nro. CNC-D-RCS-005/10 del 4 de octubre de 2010, dictada por la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles (CNC), que sirve de título ejecutivo en este juicio, encontrándose actualmente en estado de sentencia.

Sobre el particular, debe destacarse de forma preliminar, que la notoriedad judicial conlleva a que el Juez pueda conocer una serie de hechos que tienen lugar en el Órgano Jurisdiccional donde presta su magisterio o en otro Juzgado, permitiéndole saber qué juicios cursan en su Tribunal, así como sentencias dictadas por otros Tribunales y cuál es su contenido; conocimiento que no adquiere como particular sino derivado del ejercicio de sus funciones. (Véase a tales efectos decisión de esta Alzada Nro. 00567 del 30 de mayo de 2018, caso: Industrias Free Ways, C.A.).

Comentario de Acceso a la Justicia: La Sala señala lo que debe entenderse como hecho notorio judicial y la forma de hacerlos valer en el juicio. Ello, como un mecanismo para traer a un proceso hechos y circunstancias ocurridas en otro proceso judicial que haya cursado en el tribunal de la causa.

Voto Salvado: No tiene

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/diciembre/302912-01259-61218-2018-2012-0764.HTML 

Artículos más recientes →

GRACIAS POR SUSCRIBIRTE