Exonerados del IVA los servicios técnicos para recuperación de sistemas de agua potable

Exonerados del IVA los servicios técnicos para recuperación de sistemas de agua potable

Luego que el Programa Mundial de Alimentos, en un informe publicado en febrero de este año, indicase que el 25% de la población no tiene acceso a una fuente estable de suministro de agua potable y que 4 de cada 10 hogares tienen interrupciones diarias de servicios, situación grave que se empeora con la necesidades higiénicas que requiere una pandemia como la que estamos padeciendo, el Estado venezolano toma algunas tímidas medidas que ponen en evidencia la carencia de una política pública que priorice la satisfacción de la necesidades básicas. 

Así, estarán exonerados del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA)  la prestación de servicios independientes de rehabilitación y mantenimiento de instalaciones y equipos, así como el de montaje de equipos, ejecutados o aprovechados en el país a título oneroso, incluyendo aquellos que provengan del exterior, contratados por los órganos o entes de la administración pública nacional, destinados exclusivamente a la ejecución de seis proyectos de mantenimiento, recuperación, rehabilitación y estabilización de infraestructuras y equipos de los sistemas destinados a la producción, tratamiento y distribución de agua potable que se especifican en el decreto n.º 4.170 del 27 de marzo de 2020 (Gaceta Oficial n.º 41.849 de esa misma fecha), en los términos y condiciones previstos en dicha disposición de rango sublegal, cuya vigencia se estableció en un año, computado a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

El aludido decreto establece los requisitos de procedencia (para el otorgamiento) de la exoneración que establece; los parámetros de las evaluaciones periódicas y demás condiciones que deberán cumplir, tanto los prestadores de los servicios exonerados, como los entes y órganos de la administración pública contratantes y las causales de pérdida del beneficio fiscal derivadas del incumplimiento por parte de los beneficiarios.

Nuevamente, el Estado recurre a esta vía para aminorar el impacto económico que representan para sus entes y organismos la realización de sus funciones; en este caso, actividades y operaciones indispensables para el mantenimiento de un servicio público fundamental como el de agua potable, reducido en la actualidad al de agua por tubería, el cual, a nivel nacional, presenta serias fallas. El mantenimiento de los servicios públicos debe ser algo permanente y no objeto de proyectos coyunturales cuando los sistemas están tan deteriorados como actualmente ocurre.

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