Extendida la intervención de los servicios públicos de salud en Nueva Esparta

GACETA OFICIAL

Siguiendo la estrategia de acorralar a las autoridades regionales o locales que sean responsabilidad de la oposición, a la que se le imponen autoridades paralelas y se intervienen sus servicios a la menor oportunidad, se prorroga la intervención de los servicios de salud del estado Nueva Esparta. 

Así entonces, en la Gaceta Oficial n.° 41.905 del 19/06/2020, la cual ha sido difundida por la Imprenta Nacional un mes después, se publicó la Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud n.° 094, fechada 16/06/2020, mediante la cual se prorroga por un lapso de ciento ochenta (180) días, contado a partir del 1° de mayo de 2020, el plazo para el proceso de intervención de la prestación de los servicios públicos de salud del estado Nueva Esparta.

Tal como se acota en la motiva de la Resolución, la inmediata intervención de la prestación de los servicios públicos de salud en el estado Nueva Esparta se instruyó al MPP para la Salud mediante Decreto n.° 4.018 del 01/11/2019 (G.O. n.°. 41.751 de la misma fecha), con el objeto de velar por la continuidad de la prestación del servicio de salud en los establecimientos públicos.

La intervención prevista en el referido decreto tendría una duración de ciento ochenta (180) días contados a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, “pudiendo ser prorrogada mediante Resolución del Ministro del Poder Popular para la Salud, por igual periodo de tiempo, en caso de ser necesario”.

Visto que la extensión de la medida se ha dictado a partir del 01/05/2020, se computaron los días continuos a partir del día siguiente de la publicación oficial del aludido Decreto, por lo que el lapso original de intervención fijado en el mismo se agotó el 30/04/2020.

El irrespeto constante al derecho y las obligaciones que este impone se pone evidencia por el hecho de que la prórroga de la intervención se ha dictado mediante una Resolución ministerial con efecto retroactivo, a más de 40 días continuos de haberse agotado la vigencia original de la medida. A esto, debe agregarse que la publicación de la Resolución se produjo 3 días después de haberse dictado, en tanto que la difusión oficial de la Gaceta que la contiene se ha producido a casi un mes de su fecha de publicación.

Los miembros integrantes de la Comisión Interventora de la prestación de los servicios del estado Nueva Esparta, designados mediante Resolución n.° 183 de fecha 04/11/2019 (G.O. No. 41.759 del 13/11/2019), continuarán en el ejercicio de sus funciones, hasta la culminación de la prórroga establecida en la Resolución.

La Gaceta Oficial aludida puede consultarse en el sitio web oficial del SAINGO, mediante el enlace:

http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700033107/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=2188&Sesion=365432663

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