Juan Pablo Guanipa, otra víctima de la persecución

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA TSJ

Sala: Constitucional

Tipo de procedimiento: Solicitud de calificación de flagrancia

Materia: Penal

Nº Exp: 2019-000066

Nº Sent: 58

Ponente: Guillermo Blanco Vázquez

Fecha: 25 de octubre de 2019

Caso: Tarek William Saab, Fiscal General de la República solicitó ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia la “calificación de situación de flagrancia contra el diputado a la Asamblea Nacional, JUAN PABLO GUANIPA.

Decisión: PRIMERO: La COMPETENCIA para el conocimiento de la presente solicitud de calificación de flagrancia. SEGUNDO: Que los hechos objeto de la presente solicitud comprometen la presunta responsabilidad del diputado JUAN PABLO GUANIPA, en la comisión flagrante de los delitos de Traición a la Patria, Conspiración, Instigación a la Insurrección, Rebelión Civil, Concierto para Delinquir, Usurpación de Funciones; Instigación Pública a la desobediencia de las leyes y al odio, previstos y sancionados en los artículos 128, 132, 143,145, 163, 213, 285, todos del Código Penal, respectivamente y Asociación, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. TERCERO: Que por tratarse de la comisión flagrante de delitos comunes no procede el antejuicio de mérito al mencionado diputado, en razón de lo cual su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal. CUARTO: Se ORDENA remitir copia certificada de las actuaciones al Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, para que dicho órgano determine lo conducente, según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. QUINTO: Remítase copia certificada de las presentes actuaciones al ciudadano Fiscal General de la República, para que continúe la tramitación de la causa penal correspondiente, observando para ello las debidas garantías procesales y derechos constitucionales.

Extracto: Aun no se publica el texto de la sentencia

Comentario de Acceso a la Justicia: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) continúa atacando a los diputados de la Asamblea Nacional, en esta oportunidad, a Juan Pablo Guanipa.

Nuevamente, el TSJ ha acudido a la manida fórmula de declarar que los delitos imputados al parlamentario se han cometido en flagrancia, como forma de evitar el procedimiento de antejuicio de mérito y posterior solicitud de allanamiento de su inmunidad, a la cual tiene derecho como consecuencia de su investidura de diputado. Esto último, además, queda sujeto a la voluntad de la írrita Asamblea Nacional Constituyente, ente que además de su invalidez intrínseca no tiene competencia para allanar la inmunidad de un diputado, contraviniendo lo expresado en el artículo 200 del texto constitucional.

Juan Pablo Guanipa es el diputado número veinticinco al que el TSJ le califica la situación de flagrancia, y ordena su enjuiciamiento en tribunales penales ordinarios.

Voto Salvado: No tiene

Fuente: http://www.tsj.gob.ve/es/web/tsj/decisiones#

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