Una vez más, usurpando atribuciones de la Asamblea Nacional, en fecha 13/07/2020 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia n.° 080, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, declaró la constitucionalidad del decreto n.° 4.242 del 02/07/2020, publicado en la Gaceta Oficial n.º 6.551 Extraordinario de la misma fecha, con el que se prorrogó el decreto n.º 4.194 del 04/05/2020 que declaraba el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.
Como es costumbre, la Sala, en su aludida decisión, declaró la constitucionalidad del Decreto antes mencionado, y contraviniendo la Constitución, declaró nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual «la Asamblea Nacional en desacato» pretenda desaprobar el decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica.
Asimismo, ordenó publicar la sentencia en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y notificar.
Conviene agregar que al momento del presente no se cuenta con la Gaceta Oficial n.º 6.551 Extraordinario del 02/07/2020, en la cual, según la referencia de la sentencia, se publicó el Decreto cuya constitucionalidad se declara; tampoco está disponible el texto de la referida decisión.
La referencia oficial de la mencionada sentencia se puede consultar en el sitio web oficial del Tribunal Supremo de Justicia, a través del vínculo:
http://www.tsj.gob.ve/decisiones#
La nota de prensa del Tribunal Supremo de Justicia concerniente al tema esta accesible en dicho sitio web mediante el enlace: