La inadmisibilidad de la demanda por inepta acumulación de pretensiones

CONFLICTO DE COMPETENCIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

RECURSO DE CASACIÓN

Sentencia Nº RC.000083      Fecha: 10-03-2017

Caso: Demanda por simulación y partición interpuesta por JACK SCHUSTER ELMAN contra MÓNICA ELMAN DE SCHUSTER y ADA SCHUSTER ELMAN.

Decisión: Se declara sin lugar el recurso de casación contra la sentencia dictada el 8 de agosto de 2016, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.

Extracto: 

“Desprendiéndose de la jurisprudencia parcialmente citada que a la pretensión de nulidad le es aplicable el procedimiento ordinario, mientras que una partición de bienes hereditarios se tramita a través de un procedimiento especial, el cual se encuentra establecido en el artículo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, señala que el pronunciamiento de inadmisibilidad de la demanda por inepta acumulación no tergiversa formas procesales, pues la misma resulta de orden público.

En este sentido, observa esta Sala que el Juzgado Superior al declarar inadmisible la demanda por cuanto lo peticionado en el escrito libelar, responde a propósitos cuyos contenidos divergen significativamente entre sí, no incurrió en la infracción por falsa aplicación de dicha disposición legal (artículo 78 del Código de Procedimiento Civil), motivo por el cual resulta improcedente la única denuncia planteada, lo que conlleva a la declaratoria de sin lugar del presente recurso de casación, tal como se hará en el dispositivo del presente fallo. Así se establece.”

Comentario de Acceso a la JusticiaEsta sentencia es importante porque ratifica el criterio de la Sala sobre la inepta acumulación de pretensiones, en aquellos casos en que los procedimientos sean incompatibles entre sí, lo cual no puede interpretarse como una limitación del acceso a la justicia ni a la tutela judicial efectiva.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/marzo/196805-RC.000083-10317-2017-16-777.HTML

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