El alarmante uso de la justicia militar en nuestro país para neutralizar a la disidencia política (786 civiles presentados en tribunales castrenses) a raíz de las fuertes manifestaciones contra el Gobierno nacional que iniciaron en abril de 2017, evidencia el predominio de la bota que ya no se conforma con ocupar importantes espacios en la administración pública y financiera del país, sino que ahora “mal administra” justicia en vía contraria a la Constitución y con fines políticos.
En el foro Justicia militar en Venezuela, el cual contó con la participación de las ONG Transparencia Venezuela, Foro Penal, Provea y Acceso a la Justicia como organizador del evento que tuvo lugar en el Centro Letonia de Caracas, el coordinador de Educación de Provea, Marino Alvarado, expresó que durante el gobierno del fallecido teniente coronel Hugo Chávez fue notorio el dominio militar, pero con Nicolás Maduro se ha profundizado la influencia del estamento castrense, al punto de contaminar de forma preocupante la forma de aplicar las leyes en nuestro país.
“Creímos que con Maduro por ser civil y haber sido dirigente sindical bajaría la militarización del país pero no, aumentó, ha sido el presidente civil que más ha militarizado a la sociedad venezolana y ha reducido al mínimo los espacios de diálogo”, dijo.
A lo largo de su ponencia “La justicia militar como instrumento para asediar la disidencia y contra la protesta social”, Alvarado indicó que una irregularidad alarmante en el uso de la jurisdicción militar para juzgar a civiles desde incluso el año 2015, ha sido “inventar” delitos para detener a manifestantes y presentarlos en tribunales castrenses, así como la aplicación de la desaparición forzada.
“Los delitos más imputados a los manifestantes fueron el de rebelión militar para justificar que había una actividad organizada y conspirativa; ultraje al centinela u ofensa a la Fuerza Armada para penar opiniones y asalto al centinela, el cual ha sido muy manipulado porque sólo con alzarle la voz a una Guardia Nacional Bolivariano (GNB) por ejemplo, era suficiente para detener a una persona. De esta forma se registró el arresto de treinta y cinco ciudadanos por discutir en colas para comprar alimentos con funcionarios de ese cuerpo”, detalló el abogado.
Aunado a ello, prosiguió el ponente, las sentencias aplicadas a manifestantes por parte de los tribunales militares se basan en el Código de Justicia Militar, el cual es incompatible con la Constitución. De acuerdo con el artículo 261 de la Carta Magna sólo comete delito militar quien pertenece a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y está en servicio activo.
Por último, el representante de Provea denunció que el Gobierno nacional ha hecho caso omiso a lo contemplado por la Corte Interamericana deLa justicia militar como instrumento para asediar la disidencia y contra la protesta social.pptx Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y las Naciones Unidas sobre el uso de la justicia militar contra civiles.
“La jurisdicción militar no es la naturalmente aplicable a civiles que carecen de funciones militares y que por ello no pueden incurrir en conductas contrarias a deberes funcionales de este carácter. Cuando la justicia militar asume competencia sobre un asunto que debe conocer la justicia ordinaria, se ve afectado el derecho al juez natural y, a fortiori, el debido proceso, el cual, a su vez, encuéntrase íntimamente ligado al propio derecho de acceso a la justicia” (Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Castillo Petruzzi vs. Perú).
Enlace a la presentación: La justicia militar como instrumento para asediar la disidencia y contra la protesta social