La “muerte” de la democracia en Venezuela

DERECHO A LA DEMOCRACIA

La “muerte” de la democracia en Venezuela

“No niego los derechos de la democracia; pero no me hago
ilusiones respecto al uso que se hará de esos derechos
mientras escasee la sabiduría y abunde el orgullo”
Henri-Frédéric Amiel

Sin duda alguna que el día 20 de octubre de 2016 será recordado como el “jueves negro” para la democracia del país. El Consejo Nacional Electoral (CNE), al suspender la recolección del 20% de las firmas para la activación del referendo revocatorio presidencial por medidas cautelares decretadas por cinco tribunales penales estadales, arrebató a los venezolanos este mecanismo pacífico y constitucional para restablecer la institucionalidad perdida, entre otros, por la continua declaratoria de estados de excepción del el Presidente de la República y la más reciente suspensión de todos los actos pasados e incluso futuros de la Asamblea Nacional por el Tribunal Supremo de Justicia.

Frente a este nueva decisión del CNE, Acceso a la Justicia quiere en primer lugar llamar la atención sobre algo que es evidente: los tribunales penales de los estados Aragua, Carabobo, Monagas, Apure y Bolívar no tienen competencia sobre la materia electoral, y aun así decidieron resolver algunas denuncias de “fraude” que fueron presentadas en relación con la recolección del 1% de las manifestaciones de voluntad, realizada durante los días 22, 23 y 25 de junio de este año.

En segundo lugar debe preguntarse, ¿por qué el CNE suspendió el proceso revocatorio si el supuesto fraude no afecta la validez del 1% de la firmas, necesario para ir a la siguiente etapa del revocatorio? No hay relación de causalidad alguna entre las decisiones de los tribunales penales y la suspensión del revocatorio.

En tercer lugar, se hacer notar que el 1º de agosto de 2016 el Poder Electoral aprobó el informe relativo a la validación del 1% de las firmas, por lo que las decisiones de los tribunales penales desconocieron abiertamente la naturaleza y alcance de los actos de un poder público, lo que viola el artículo 131 de la Constitución.

En cuarto lugar, Acceso a la Justicia llama la atención sobre el hecho de que tratándose de la materia electoral, debe regir sobre esta el principio de la conservación del acto, reconocido por la propia Sala Electoral del TSJ, que postula que no toda irregularidad cometida a lo largo de un proceso electoral tiene relevancia, sino únicamente cuando afecta al resultado final, y como el supuesto fraude no afecta el 1% para la activación del mecanismo del referendo revocatorio, pues el proceso no debía ser suspendido.  En este sentido, esa Sala en sentencia N° 86 de fecha 14 de julio de 2005 señaló que “…debe tenerse por válido y eficaz el acto dictado por la Administración Electoral, en esta especial materia existe un principio fundamental, que es el referido a la conservación del acto electoral y el respeto a la voluntad de los electores…”. Esto es lógico, ya que este principio busca privilegiar la preservación de la voluntad popular (artículos 3 y 5 de la Constitución) expresada en los diferentes mecanismos de participación ciudadana establecidos en el texto constitucional y en las leyes, lo que es clave para que haya democracia en un país.

En razón de lo anterior, la decisión del CNE de suspender la recolección del 20% de las manifestaciones de voluntad, que estaba pautada para los próximos días, parece desconocer la validación que llevó él mismo a cabo, así como el principio de la conservación del acto electoral y la voluntad popular.

En vista de lo anterior, es evidente que los jueces penales actuaron al margen de la Constitución al no constatar la incidencia de la presunta denuncia de “fraude” a la luz del principio antes expuesto. Sin embargo, en nuestra opinión es el CNE quien actuó con mayor irresponsabilidad por ser el órgano rector electoral, dejando sin protección a cada una de las voluntades de los venezolanos que se expresaron por la activación del referendo revocatorio presidencial con el 1% que el mismo CNE impuso a través de su normativa, siendo además que como ya se advirtió era un paso innecesario según la Constitución, que solo exige el 20%.

Esta nueva decisión del CNE hace aún más evidente que ya no cumple con su verdadera misión y función como garante de los derechos políticos de los venezolanos. No cabe la menor duda de que esta última actuación del CNE es perjudicial para la vida democrática del país.

Acceso a la Justicia llama a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia a revisar este acto del CNE a la luz de lo establecido en su propia jurisprudencia.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

La decisión del CNE se considera el golpe de gracia de sus actuaciones de los últimos meses, porque puede ser el punto de partida que impida a los venezolanos vivir en democracia. En efecto, si el órgano rector de las elecciones y la participación ciudadana no vela por el cumplimiento de estos derechos, y tampoco el máximo tribunal del país, como demostró hace unos días con la decisión de cambiar la Constitución y obligar a que la recolección del 20% fuera por Estado y no a nivel nacional como dice la Constitución, pues es difícil que en Venezuela haya alternabilidad ni pluralismo político, que son requisitos mínimos de una democracia.

Además, mientras no exista el verdadero ejercicio de la libertad democrática no viviremos en paz, y seguirá el conflicto político e institucional que nos está llevando cada vez más a la impunidad, a la criminalidad, a la anarquía y a la pobreza.

De hecho, este tipo de decisiones parecen indicar que para las autoridades gubernamentales, con el apoyo del Poder Judicial y el Poder Electoral, la paz no es el objetivo a alcanzar; si los conflictos y las diferencias no son resueltos mediante las elecciones, los mecanismos establecidos de participación política o ante los tribunales, no puede haber paz.

A este respecto resulta muy oportuna la afirmación de Arturo Sosa, jesuita venezolano designado Superior General de la Compañía de Jesús: “…cuando no hay espacio público, cuando no hay capacidad política de ponerse de acuerdo, de encontrar vías de solución a los conflictos, ¿qué sucede? Sucede la violencia o la guerra”.

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