La Sala Constitucional ratifica levantar todas las medidas cautelares dictadas contra Galaxy Entertainment de Venezuela, S.C.A, (DIRECTV Venezuela)

CAPITULACIONES MATRIMONIALES

Sala: Constitucional

Tipo de recurso: Acción de amparo constitucional

Materia: Derecho Constitucional

N° de Expediente: 20-0202

N° de Sentencia: 0399

Ponente: Juan José Mendoza Jover

Fecha: 20 de agosto de 2021

Caso: Escrito presentado por los ciudadanos ISRAEL REINALDO MARÍN MARTÍNEZ y WILLIAM ARTURO FUENTES ULLOA actuando en su carácter de miembros y voceros del comité de usuarios y usuarias denominado “FRENTE DE USUARIOS Y USUARIAS PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS COMUNICACIONALES”, actuando en nombre propio y en nombre y representación de los DERECHOS E INTERESES CONSTITUCIONALES COLECTIVOS Y DIFUSOS de los venezolanos y venezolanas usuarios de la operadora de televisión por suscripción GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A., también conocida como DIRECTV VENEZUELA, interponen acción de amparo constitucional por la presunta infracción de los derechos constitucionales a la información oportuna, veraz, imparcial y sin censura, a la protección de la niñez y adolescencia, a la educación y a la recreación previsto en el artículo 58, 78, 103 y 111 de la Constitución de la República Bolivariana Venezuela, respectivamente, como consecuencia de la suspensión, a partir del 19 de mayo del año en curso, de las señales de todas las televisoras y radios públicas y privadas nacionales de su programación habitual.

Decisión: Ratifica el contenido íntegro de la decisión número 0240 del 11 de junio de 2021, dictada por esta Sala, en la que se acordó levantar todas las medidas cautelares contenidas en las sentencias números 064 del 22 de mayo de 2020 y 066 del 26 mayo de 2020. ORDENA notificar a la parte accionante, al Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN); al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN); al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores (MPPRE), a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG); al Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI); a la Superintendencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); a la Bolsa de Valores de Caracas; a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) quien, a su vez, deberá notificar a la Junta Directiva ad hoc de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA); a la Junta Directiva de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA).

Extracto:

“Ello así, se ratifica el contenido integro de la decisión número 0240 del 11 de junio de 2021, dictada por esta Sala, en la que se acordó levantar todas las medidas cautelares contenidas en las sentencias números 064 del 22 de mayo de 2020 y 066 del 26 mayo de 2020. Asimismo, a fin de dar cumplimiento expedito de lo dispuesto en el precitado fallo, se ordena a la Secretaría de esta Sala que, conforme a lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable por remisión del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, practique vía electrónica o telefónica las notificaciones correspondientes a la parte accionante, al Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN); al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN); al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores (MPPRE), a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG); al Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI); a la Superintendencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); a la Bolsa de Valores de Caracas; a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) quien, a su vez, deberá notificar a la Junta Directiva ad hoc de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA); a la Junta Directiva de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA); e informar a esta Sala, de dichas actuaciones, dejando constancia de ello en el expediente”.

Comentario de Acceso a la Justicia: Después de un año desde que la Sala Constitucional dictara varias medidas cautelares contra la sociedad mercantil GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A., DIRECT TV por medio de las sentencias 064 del 22 de mayo de 2020 y 066 del 26 mayo de 2020, y luego de que autorizara la operación de compra-venta de esa sociedad mercantil por parte de la empresa Scale Capital, el juez constitucional acordó levantar todas esas medidas.

En efecto, con base en el artículo 130 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia la Sala resolvió poner fin al conjunto de medidas provisionales que dictó contra la sociedad mercantil GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A., DIRECT TV, con ocasión de la acción de amparo constitucional que presentaron dos miembros del denominado FRENTE DE USUARIOS Y USUARIAS PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS COMUNICACIONALES”, quienes actuaron en nombre propio y en nombre y representación de los derechos e intereses constitucionales colectivos y difusos.

Cabe advertir, al respecto, que el artículo 130 de la vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece que en cualquier estado del proceso las partes podrán solicitar, y la Sala Constitucional podrá acordar, aun de oficio, las medidas cautelares que estime pertinentes. Al mismo tiempo la norma indica que el juez constitucional “contará con los más amplios poderes cautelares como garantía de la tutela judicial efectiva, para cuyo ejercicio tendrá en cuenta las circunstancias del caso y los intereses públicos en conflicto.

Entre las medidas levantadas se encontraba la toma de posesión ordenada a CONATEL de todos los bienes muebles e inmuebles de Directv Venezuela, así como las oficinas comerciales; sedes administrativas; antenas y cualquier otro equipo o instalación que estaban destinados a la prestación del servicio de televisión por suscripción por parte de la empresa.  

Por último, es relevante señalar que a pesar de que el contenido de la decisión no está aún publicado en la página web del más alto tribunal, la sentencia no tiene en la práctica ninguna consecuencia, dado que la señal de la cableoperadora en el país actualmente es transmitida por la empresa Scale Capital, a través de Simpletv, y no por Directv Venezuela.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/agosto/313101-0399-20821-2021-20-0202.HTML

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