En entrevista del 4 de julio con Valentina Quintero, en el programa de radio Valen de viaje, a través de la emisora Onda 107.9 la Superestación, Laura Louza, directora de la ONG Acceso a la Justicia, afirmó que si el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decide que hay mérito para el enjuiciamiento de la Fiscal General de la República (FGR) Luisa Ortega Díaz, podría suspenderla de su cargo de acuerdo al Código Orgánico Procesal Penal (COPP), pero se cometería un fraude procesal al usar una norma para un fin diferente al que está destinada.
“A la Fiscal General se le está siguiendo un antejuicio de mérito porque ha cometido faltas graves, esto es lo que ha dicho la Sala Plena del TSJ en su decisión”, afirmó Louza. Sin embargo, tales faltas no son un delito y por ello no puede ser aplicable el COPP, que es para causas penales, sino la Ley Orgánica del Poder Ciudadano (LOPC).
De acuerdo a la LOPC, Luisa Ortega Díaz pudiera ser removida del cargo si se considera que hay mérito y a quien le corresponde destituirla es a la Asamblea Nacional. No obstante, la manera en la que se ha manifestado el TSJ, sobre todo el dictamen de medidas preventivas de índole penal, hace pensar que se está siguiendo un antejuicio por supuesta comisión de delitos. De ser este el caso, lo que procedería según el COPP es la suspensión.
“Se trata de una aplicación del derecho un poco a la medida, una justicia a la carta”.