Legislación venezolana laboral aplica al servicio convenido en Venezuela y prestado fuera del territorio

TSJ

Sala de Casación Social.

Recurso de casación.

Sentencia Nº 1366        Fecha: 29/09/2014.

Caso: Recurso de casación de JESÚS ÁNGEL BARRIOS MANNUCCI en el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales que sigue contra ORACLE DE VENEZUELA.

Comentario de Acceso a la JusticiaSe determinó que a una relación de trabajo que fue prestada en el extranjero, pero convenida en Venezuela, se le debía aplicar la ley laboral venezolana  (en aquel entonces, la Ley Orgánica del Trabajo). Esta sentencia establece, pues, que no importa el lugar efectivo de cumplimiento del servicio, puesto que se aplica la legislación venezolana siempre que el contrato de trabajo haya sido convenido en el país.

Decisión: Con lugar el recurso de casación, y además se ordenó a la empresa a pagar ciertos conceptos laborales.

 Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/septiembre/169036-1366%20(%20SALA%20ESPECIAL%20III)%20-29914-2014-11-1067.HTML

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