El 6 de febrero se publicó en Gaceta Oficial n.° 41.336, la Ley Constitucional de los Consejos Productivos de Trabajadores y Trabajadoras, que regula la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos Productivos de Trabajadores (CPT) y que fue sancionada no por la Asamblea Nacional (AN), como corresponde según la Carta Magna, sino por la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente (ANC).
Según el texto cada empresa, pública, privada o mixta, deberá instalar un CPT, con el objeto de instaurar un sistema interno de vigilancia sobre su proceso productivo, a fin de que aquel participe o denuncie al ente gubernamental cualquier información relevante sobre volúmenes de producción, distribución, irregularidades o paralización del proceso productivo o de comercialización.
El objetivo de la “ley”, que es inconstitucional e ilegítima, es, según expresa la fraudulenta ANC, lograr que la “clase obrera ejerza un rol contralor en la gestión de las actividades de producción y distribución de bienes y servicios esenciales en el país”. Asimismo, el nuevo texto dispone expresamente que los CPT deben “denunciar la reventa especulativa de productos, el acaparamiento, la usura, el boicot, la alteración fraudulenta de precios, contrabando de extracción y otros ilícitos, así como cualquier acción contraria al sistema socioeconómico que rige en el país”.
Acceso a la Justicia advierte que la productividad no se decreta, es por el contrario la consecuencia de múltiples factores, entre los que destacan la seguridad jurídica, la estabilidad económica y política, la libertad de empresa y el respeto a la propiedad privada, lo cual incentiva mayor inversión, innovación y confianza, que finalmente redundan en elevada producción, calidad del servicio, mejor distribución y disminución de los precios como consecuencia de mayor y más eficiente oferta.
El instrumento indica además que los miembros de los CPT, llamados “voceros”, serán entre tres a siete trabajadores, electos mediante votación en una asamblea convocada por el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo (MPPPST), y en la cual deberá estar presente un funcionario de esta institución, a fin de que la elección tenga validez. Además, queda prohibida su integración con trabajadores calificados como son los de confianza o dirección.
Adicionalmente, la “ley” señala que el CPT debe estar compuesto por lo menos por una mujer, un joven de entre 15 y 35 años y un trabajador de la empresa activo en la Milicia Bolivariana, lo cual le resta imparcialidad, sobre todo en este último caso en vista de la ideologización a la que está sometida la Milicia. Dichos voceros gozarán de inamovilidad durante la vigencia de su cargo por dos años y hasta seis meses después de vencer el mismo.
Pese a lo dicho, la nueva Ley de CPT no trae nada nuevo, simplemente la ilegítima ANC refuerza lo ya establecido en el decreto n.° 17, publicado en la Gaceta Oficial del 8 de noviembre de 2016, dictado en el marco de la “emergencia económica”, y en tal sentido, vale la pena destacar que los CPT ya habían sido instaurados en más de 800 empresas (privadas y públicas), que están articuladas con la Gran Misión Abastecimiento Soberano.
Surgen varias interrogantes frente a los CPT: ¿Cuál producción vigilan? ¿Cuáles denuncias han presentado sobre la paralización de los procesos productivos con sus respectivas causas si son atribuibles a las malas políticas económicas del Gobierno? ¿Funcionan realmente en el sector público? En este sentido, basta recordar el famoso caso de los alimentos podridos de la extinta PDVAL y muchos otros similares que todos conocemos.
Pero además de los controles inútiles, ya hay denuncias sobre que en parte de la producción de las empresas que se vende al Estado es este mismo quien fija arbitrariamente el precio de aquella, con independencia del verdadero costo de la producción. La consecuencia es evidente: la empresa, para tener alguna viabilidad, tendrá que vender lo que le quede recargando en el precio lo que el pago del Gobierno no reconoció. Entonces, ¿quién es el responsable de los altos precios, la empresa o el Gobierno que impone controles y paga precios arbitrarios?
Esto, por supuesto, está condenado al fracaso, como todos los demás inútiles intentos de controlar la economía. Los números hablan por sí mismos, con una escasez de medicinas que alcanza 90%; sumado a que 31,03% de los 58 productos que contiene la canasta alimentaria familiar escasean según el Cendas (diciembre de 2017), y los que se consiguen están sometidos a la hiperinflación que nos ahoga diariamente. En este ambiente: ¿a quién se le puede ocurrir invertir para producir más?
¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
El Gobierno continúa errado en sus políticas económicas al pretender que mayores controles, en lugar de incentivos, impulsarán el proceso productivo en el país.
Por otro lado, es irresponsable montar sobre los hombros de un grupo de trabajadores sin conocimientos técnicos el compromiso de denunciar paralización de producción, boicot o acaparamiento en una empresa pública, mixta o privada, cuando las causas de tales problemas y sus soluciones van más allá de los dueños de tales compañías.
Igualmente, el hecho de que un miembro activo de la Milicia Bolivariana tenga que integrar los CPT denota la intención del Ejecutivo de que dichos grupos organizados sean una especie de “inquisidores empresariales” que sólo respondan a los intereses del poder, con saldos desastrosos de establecimientos tomados, expropiados o nacionalizados.