Los DDHH trascienden la soberanía de un país democrático
No se puede admitir que se acuse de “injerencista” a los países interesados por la situación de la grave crisis que vive Venezuela y por el deterioro de los derechos humanos
Según declaraciones del Ejecutivo Nacional, hablar de la situación de los Derechos Humanos en Venezuela en la OEA, significa violar la soberanía del Estado. Cabe, al respecto, preguntarse ¿la soberanía del Estado prevalece sobre los derechos humanos? ¿Hablar, fuera del país, del respeto de los derechos humanos es “traicionar a la patria”? ¿son “injerencistas” los países que se preocupan por la profunda crisis política, económica y social que vive la población venezolana?
Si algo resulta innegable hoy día es que el tema de los derechos humanos es incumbencia de todos, y por tal motivo condenar un genocidio, el odio racial o la discriminación por razones políticas, sociales o religiosas en cualquier país no solo no es una violación de la soberanía, sino que es una obligación de todo ciudadano de cualquier país. Hay que recordar que las más graves violaciones de los derechos humanos se originaron por el silencio de quienes las conocían y no las denunciaban.
Precisamente, esta advertencia fue expresada por Acceso a la justicia con ocasión de la sentencia N° 1.175 del 10 de septiembre de 2015 en que la Sala Constitucional del TSJ con el argumento de proteger la soberanía, declaró inejecutable la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que había ordenado la restitución de la concesión a RCTV y el pago de una indemnización a los accionistas, directivos y trabajadores de esa empresa.
En esta oportunidad, Acceso a la justicia cree imprescindible reiterar algunas nociones que giran en torno al tema de la soberanía nacional y los derechos humanos.
En primer lugar, es errado sostener que la soberanía de un país esté por encima de los derechos fundamentales de la persona humana. La palabra soberanía tuvo su origen en la idea del soberano refiriéndose a las potestades del rey, que ejercía su mandato de forma imperativa, y si era necesario, por medio de la fuerza dentro del territorio que gobernaba. A partir de la Revolución Francesa esta concepción de soberanía evolucionó, trasladándose al pueblo.
De allí que en la actualidad, está claro que el pueblo como soberano puede exigir el respeto a sus derechos humanos, que constituyen el límite del poder del Estado y, que impiden, además, el ejercicio abusivo y arbitrario del poder estatal.
En segundo lugar, los derechos humanos no son contrarios al concepto de soberanía, porque hablar de soberanía en la actualidad significa afirmar que el Estado está al servicio de las personas y que debe actuar conforme a derecho para alcanzar la justicia.
De lo antes expuesto, no se puede admitir que se acuse de “injerencistas” a los países interesados por la situación de Venezuela y el deterioro de los derechos humanos, más aún cuando se enfatiza en la necesidad de proteger la dignidad y las libertades de los venezolanos.
Para Acceso a la justicia es objetable la descalificación que hace el Ejecutivo Nacional de la OEA y, en especial, que califique de intromisión sus acciones, pues consideramos que se contrapone a la universalidad que tienen los derechos fundamentales, proclamada en la Constitución venezolana y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
Precisamente, el constituyente venezolano está tan consciente de la evolución en el mundo de lo que es soberanía que en el artículo 31 estableció que toda persona tiene derecho “a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos” y, además, que es obligación del Estado adoptar “las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales”.
Es decir, que tal como lo advirtió Acceso a la justicia respecto a la sentencia Nº 1.175, es el propio constituyente, no un poder extranjero, el que afirma la prevalencia de las decisiones de los organismos internacionales y la obligación del Estado de adoptar todas las medidas para aplicarlas. Así las cosas, queda descartada la supuesta injerencia de instancias internacionales interesadas por los derechos humanos de la población venezolana.
Los derechos humanos, en definitiva, son un tema que trasciende la esfera del propio Estado; significa que estos derechos tienen un carácter supraestatal, y en consecuencia, deben ser tutelados, aun contra, o incluso, a pesar de sus Estados.
¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
El reconocimiento de la universalidad de los derechos humanos en Venezuela, significa que todos somos vigilantes y defensores de esos derechos que tenemos todas las personas por el solo hecho de serlo.
Al pretender impedir, bajo el argumento de la no intervención por el respeto de la soberanía nacional, que el mundo y los organismos internacionales se ocupen de la crisis que vive el país, así como por el conflicto entre los poderes públicos y el deterioro de los derechos de los venezolanos, el Ejecutivo Nacional irrespeta la soberanía del país que reside en el pueblo, y por tanto, desconoce la democracia. En suma, si no hay respeto a los derechos humanos no hay soberanía que defender, y sin soberanía no hay democracia.