El mal uso de las normas del GAFI como instrumento para atacar a la sociedad civil

GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI)

La frontera que separa a una herramienta de un arma muchas veces es sutil. Un ejemplo de ello son las normas y recomendaciones internacionales para combatir la legitimación de capitales, algunas de las cuales están siendo empleadas por ciertos gobiernos, como el venezolano, para atacar a las organizaciones de la sociedad civil.

A esta conclusión llega el informe ¿Qué es el GAFI y para qué sirve?, recientemente publicado por Acceso a la Justicia y en el cual se afirma que, en la mayoría de los países y jurisdicciones, las regulaciones que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) ha dictado en los últimos años para atacar actividades ilícitas como la legitimación de capitales o el financiamiento del terrorismo y proteger a los sistemas financieros nacionales e internacional de tales actividades se emplean, con o sin intención, en contra de las organizaciones sin fines de lucro (OSFL), que pueden dedicarse a la defensa de los derechos humanos o ser organizaciones caritativas, humanitarias o sociales.

La mala utilización de las normativas dictadas por el GAFI «ha llevado a limitaciones a la libertad de asociación, en especial a la restricción e incluso anulación de las OSFL», advierte el reporte de 34 páginas de extensión.

Evidencia de lo anterior es que hasta junio de 2023, de los 147 miembros de la institución creada en 1989 por el llamado Grupo de los 7, el cual agrupa a las economías más desarrolladas del mundo, solo 41 % ha cumplido total o mayoritariamente lo previsto en la llamada recomendación 8 (R8), un dato que en el caso de América Latina se reduce a 30 %, de acuerdo con los datos reseñados en el informe.

Pero ¿qué estipula dicha recomendación?

«Los países deben revisar la idoneidad de las leyes y regulaciones relativas a las entidades sin fines de lucro que el país ha identificado como vulnerables para el financiamiento del terrorismo. Los países deben establecer medidas focalizadas y proporcionales, en línea con el enfoque basado en riesgo, respecto de tales organizaciones sin fines de lucro para protegerlas del abuso para el financiamiento del terrorismo, incluyendo:

(a) por organizaciones terroristas que se presenten como entidades legítimas;

(b) para explotar entidades legítimas como conductos para el financiamiento del terrorismo, incluyendo el propósito de escapar a medidas de congelamiento de activos; y (c) para esconder u ocultar el desvío clandestino de fondos, destinados a propósitos legítimos, a las organizaciones terroristas» (énfasis propio).

Interpretación al gusto

Pese a que el GAFI ha emitido otros documentos, llamados notas interpretativas, en los cuales da guías sobre cómo aplicar sus instrucciones en el caso de las organizaciones de la sociedad civil, muchos gobiernos parecen ignorarlas, tal y como se desprende de su grado de cumplimiento. Venezuela está, junto a Honduras y Bolivia, entre quienes obvia totalmente las directrices a seguir.

En la investigación se recuerda que el GAFI ha declarado que no todas las OSFL deberían ser sometidas a medidas de control, porque muchas no están en riesgo de ser usadas como fachadas por organizaciones criminales, algo que la evidencia corrobora.

Para que una ONG pueda ser utilizada para actividades de delincuencia organizada como el lavado de dinero, por ejemplo, se necesita un esquema en el que:

«una organización delictiva transfiera a una OSFL fondos producto de los ilícitos que comete, y esta a su vez los pase a falsos beneficiarios, que en realidad serían testaferros de la organización donante, para que estos luego los canalicen a actividades lícitas».

Sin embargo, ejemplos como el mencionado son extremadamente inusuales, así lo han determinado una serie de investigaciones, algunas de las cuales se citan en el informe. Uno de esos estudios, fechado en 2008 y encargado por la Comisión Europea, arrojó que había un «abuso limitado de las fundaciones» para actividades delictivas. A una conclusión similar llegó la Comisión de Organizaciones Benéficas del Reino Unido, que en otra averiguación indicó que «los casos reales de abuso han sido muy raros». Por último, un informe de 2010 del Departamento del Tesoro de Estados Unidos concluyó que la gran mayoría de las 1,8 millones de organizaciones benéficas de ese país «se enfrentan a un riesgo escaso o nulo de financiación del terrorismo».

Ante estas evidencias, no es de extrañar que el GAFI haya instruido a las autoridades de cada país a no generalizar a la hora de controlar a las OSFL, que eviten los señalamientos estigmatizantes y que tomen en cuenta factores como el origen de los fondos, es decir, si provienen de otros Estados u organizaciones no gubernamentales reconocidas o si su origen es desconocido, así como las labores que desarrollan las agrupaciones.

La instancia también ha señalado expresamente que las ONG «juegan un papel vital en la economía mundial y en muchas economías y sistemas sociales nacionales», pues sus acciones complementan al sector público y al empresarial «en la prestación de servicios esenciales». Por ello, ha instado a los Estados a reconocer esto y evitar que sus voceros hagan discursos estigmatizantes o acusaciones infundadas que pueden desalentar la labor de estas agrupaciones.

A contracorriente

Las recomendaciones del GAFI sobre cómo monitorear las actividades de las agrupaciones de la sociedad civil en el sistema financiero son ignoradas en países como Venezuela, donde desde hace años las autoridades lanzan campañas sistemáticas contra activistas y organizaciones civiles, a los que se acusa de «desestabilizar» y de «traición a la patria».

Bajo el pretexto de evitar que las ONG sirvan de vehículo para supuestas interferencias extranjeras en los asuntos internos, se les han impuesto o se les quieren imponer nuevas regulaciones, algunas de ellas supuestamente amparadas en lo estipulado por el GAFI. Ejemplo de lo anterior son el polémico proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, que la Asamblea Nacional electa en 2020 aprobó en primera discusión a principios de año o la reactivación de las discusiones del no menos controvertido proyecto de Ley de Cooperación Internacional.

Si esto no fuera suficiente, antes se dictó la providencia n.º 001-2021, modificada por la n.º 002-2021, la cual obliga a las organizaciones sin fines de lucro a registrarse ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT) y la circular que en 2020 emitió la Superintendencia de Bancos (Sudeban), en la cual le pedía a los bancos vigilar especialmente las cuentas de las organizaciones no gubernamentales (ONG) y sus transacciones.

A lo anterior se añade una regulación especial aplicable a las ONG constituidas o registradas fuera del país, que pretendan realizar actividades no lucrativas en el país, establecida en la resolución conjunta de los ministerios de Interiores, Justicia y Paz y de Relaciones Exteriores, publicada en la Gaceta Oficial n.° 41.994 del 27 de octubre de 2021, de acuerdo con la cual para laborar en el país deben obtener «la correspondiente certificación de inscripción en el Registro Especial Automatizado de Organizaciones No Gubernamentales No Domiciliadas [Regong]» (artículo 3), que tendrá una vigencia de un año, por lo que deberá ser renovada anualmente (artículo 8).

Lo peor es que ya ha habido casos de detención de miembros de organizaciones por estos motivos, como ocurrió con Azul Positivo, una ONG que trabaja con poblaciones necesitadas del estado Zulia y cuyos miembros fueron injustamente detenidos y acusados de legitimación de capitales en un juicio lleno de vicios que finalmente fue sobreseído.

El caso contra FundaRedes también se relaciona con el uso de la legislación antiterrorista y contra la delincuencia organizada como denunció la anterior alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, en su informe publicado en junio de 2022. El presidente de esta ONG, el defensor de derechos humanos Javier Tarazona, está preso desde hace más de dos años sin justificación alguna.

Los instrumentos antes mencionados buscan imponer a las ONG requisitos adicionales a los ya existentes para poder operar, exigencias que parecen estar destinadas a dificultar o impedir su funcionamiento, lo que va en contra del derecho fundamental a la libre asociación.

Desde Acceso a la Justicia nos hemos sumado al coro de voces que han denunciado nacional e internacionalmente esta situación, y dichos señalamientos han llegado a instancias internacionales.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

La gravedad de la situación contra las OSFL es tal que el alto comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, se refirió al asunto en su último informe sobre el país que presentó al Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en el cual afirmó:

«En abril de 2023, el Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC) declaró que Venezuela no cumplía las normas internacionales sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y la proliferación, ya que no aplicaba medidas de supervisión proporcionadas y basadas en el riesgo a las organizaciones sin ánimo de lucro».

El reporte publicado por Acceso a la Justicia acerca del GAFI deja en claro que las 40 recomendaciones de la organización tienen unos fines concretos, así como una metodología de implementación en la que no pueden permitirse arbitrariedades por parte de los Estados y jurisdicciones miembros de esa instancia. Por el contrario, se les imponen obligaciones que deben cumplir dentro de los estándares internacionales de protección de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.

El abuso o uso incorrecto que algunas autoridades, incluidas las venezolanas, les han dado a estas recomendaciones, que persiguen combatir la delincuencia organizada y proteger a los sistemas financieros, representa una doble amenaza. Por un lado, contra las organizaciones de la sociedad civil y quienes forman parte de ellas, al ser víctimas de señalamientos estigmatizantes y al no garantizarles el debido proceso. Por el otro, para quienes se benefician de la labor de dichas agrupaciones, porque algunas de las medidas parecen estar dirigidas a desalentar e interrumpir sus actividades.

Lo más increíble de las recomendaciones del GAFI respecto de las organizaciones de la sociedad civil es que se dictaron para protegerlas, pero se usan para perseguirlas, y quienes salen perdiendo con ello, como siempre, son los más vulnerables y los que más necesitan de asistencia.


Consulte el informe ¿Qué es el GAFI y para qué sirve? haciendo clic aquí.

Consulte el resumen ejecutivo del informe ¿Qué es el GAFI y para qué sirve? haciendo clic aquí.

Consulte la versión en inglés del informe ¿Qué es el GAFI y para qué sirve? haciendo clic aquí.

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