No asignación de funciones al trabajador es causal de retiro justificado

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS

Sala de Casación Social.

Recurso de casación.

Sentencia Nº 118       Fecha 17/03/2015.

Caso: Recurso de casación en el juicio que por cobro de prestaciones sociales siguen ANA GERTRUDIS MONSALVE HOYOS y otros contra DISTRIBUIDORA ZACARÍAS DISZA y otros.

Comentario de Acceso a la JusticiaLa Sala de Casación Social -teniendo en cuenta las disposiciones correspondientes de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras-, sostuvo que la no asignación de funciones a un trabajador, por parte de la empresa, constituye una causal de retiro justificado. La Sala procedió a establecer que entre las causas justificadas para el retiro se encuentra: g) Cualquier acto que constituya falta grave a las obligaciones que le impone la relación laboral” y “j) Cualquier acto constitutivo de un despido indirecto…” Por ende, la Sala evaluó que el Juzgado Superior declaró correctamente la procedencia del retiro justificado al calificar como “…una alteración en las condiciones en las que habitualmente prestaban servicio los actores a la demandada, (…) la no asignación de las actividades propias, el no proporcionarles indicaciones para el trabajo que habitualmente habían desarrollado, la no protección integral, por cuanto no recibían el pago oportuno de su bono de alimentación, ni de sus utilidades…”.

Decisión: Sin lugar el recurso de casación.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/marzo/175464-0118-17315-2015-13-1083.HTML

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