El Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (Saingo) difundió en su sitio web, con un rezago superior al mes, la Gaceta Oficial n.° 6.579 Extraordinario del 05/10/2020, en la cual solo se publicó el texto del Decreto n.° 4.337, de esa misma fecha,
«mediante el cual se prorroga por treinta (30) días, el plazo establecido en el Decreto n.° 4.286, de fecha 06 de septiembre de 2020, mediante el cual fue decretado el Estado de Excepción de Alarma en todo el Territorio Nacional, dadas las circunstancias de orden social que ponen gravemente en nesgo la salud pública y la segundad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana de Venezuela, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana, a fin de mitigar y erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus (COVID-19) y sus posibles cepas, garantizando la atención oportuna, eficaz y eficiente de los casos que se originen publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 6.570 Extraordinario; visto que subsiste la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural que motivo la declaratoria del Estado de Excepción de Alarma».
Se trata de la séptima extensión del estado de excepción de alarma y sería el octavo decreto si se cuenta a partir del primero emitido en marzo del presente año.
El Decreto dictado el 5 de octubre corresponde a la prórroga del estado alarma dictado mediante Decreto n.° 4.286, fechado 06/09/2020 y publicado en la Gaceta Oficial n.° 6.570 Extraordinario de esa misma fecha.
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