Principio de progresividad y norma más favorable

ARCHIVO FISCAL

Sala: de Casación Social

Tipo de Recurso: Casación

Materia: Laboral

Sentencia Nº 435            Ponente: Mónica Misticchio

Fecha: 29-05-2018

Caso: Joan Carolina Martínez Tremaría contra C.V.G. Carbones del Orinoco, C.A. (CVG CARBONORCA)

Decisión: CON LUGAR el recurso de casación, SEGUNDO: SE ANULA la sentencia recurrida, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.

Extracto:

De la norma contractual transcrita, se desprende que le corresponde a los trabajadores, una cantidad equivalente al salario básico por cada día de retardo en el pago de las prestaciones sociales, lo que a todas luces resulta más lucrativo para los trabajadores. En virtud de lo anterior, es preciso indicar que aún cuando esta norma es de carácter contractual -acordada entre el sindicato representante de los trabajadores y el patrono- es posterior y establece mejores condiciones para los beneficiarios, atendiendo al principio de progresividad. En este sentido, la pretensión de la accionada en cuanto a la desaplicación de la norma por colidar -a su decir- con otra de orden público, carece de basamento legal, al ser la primera de ellas más ventajosa para los trabajadores.”

Comentario de Acceso a la Justicia: La Sala Social establece que pretender la desaplicación de una norma contractual por otra legal y de orden público, no procede cuando la contractual es más favorable para el trabajador de conformidad con el principio de progresividad.

Voto Salvado: No tiene

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/mayo/211705-0435-29518-2018-15-097.HTML

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