Prorrogado por 30 días el estado de excepción de alarma dictado a consecuencia de la COVID-19

GACETA OFICIAL

El 12 de abril de 2020 se dictó y publicó en la Gaceta Oficial n.º 6.528 extraordinario el decreto n.º 4.186, mediante el cual:

“Se prorroga por treinta (30) días, el plazo establecido en el Decreto No. 4.160, de fecha 13 de marzo de 2020, mediante el cual fue decretado el Estado de Excepción de Alarma en todo el Territorio Nacional, dadas las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública ”. 

Como es sabido, mediante el decreto n.º 4.160 fechado el 13 de marzo de 2020 (Gaceta Oficial n.º 6.519 de esa misma fecha) se estableció el estado de alarma en todo el territorio nacional para atender la emergencia sanitaria del coronavirus (COVID-19), por el lapso de 30 días, el cual se agotaba  el lunes 13 de abril, y ha sido extendido por otros 30 días, vale decir, hasta el 13 de mayo.

Conforme a sus considerandos, la medida se ha dictado en virtud de que, a pesar de las medidas y protocolos de prevención adoptados, se han confirmado casos de contagios de COVID-19, y puesto que persisten las circunstancias excepcionales, extraordinarias y coyunturales que motivaron la declaratoria del referido estado de excepción, se requiere continuar adoptando medidas con la finalidad de proteger y  garantizar los derechos a la vida, la salud, la alimentación, la seguridad de quienes habitan el territorio nacional.

Acceso a la Justicia considera positivo que a diferencia del decreto que estableció el estado de alarma, que tardó varios días sin hacerse del conocimiento público, en esta oportunidad el texto se haya hecho conocer el mismo día de su publicación. Sin embargo, nuestro optimismo es limitado ya que siguen las irregularidades: 48 horas después la Gaceta Oficial n.º 6.528 no se encuentra en la página oficial de la Imprenta Nacional, que es el sitio donde debería publicarse primero. El principio de publicidad de las normas no es una formalidad, es parte del derecho a la información de los ciudadanos.

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