Solicitud de información acerca de la realización de las elecciones de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela

LIBERTAD DE INFORMACIÓN

Sala: Electoral

Tipo de procedimiento: Acción de amparo constitucional

Materia: Derecho Electoral

N° de Expediente: AA70-E-2003-000111

Sentencia: 0148

Ponente: Luis Martínez Hernández

Fecha: 27 de octubre de 2005

Caso: Germán Ramírez Materán, Carmen Rojas Márquez, Josgla Nathalí Díaz Barreto, Marino Faría Vargas y José Luis Guevara González, contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, por la conducta omisiva consistente en no convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los órganos de esa corporación profesional. En dicha decisión, entre otras disposiciones, se ordenó la convocatoria del proceso para la renovación de los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades y órganos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, para lo cual se acordó la conformación de una Comisión Electoral integrada por funcionarios del Consejo Nacional Electoral y un representante de la actual Junta Directiva de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela

Decisión: Ordena librar oficio solicitando al Consejo Nacional Electoral y a la Junta Directiva de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela que, en un lapso de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente auto, remitan un informe en el que expliquen la situación en que se encuentra el proceso electoral para la renovación de los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades y órganos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela.

Extracto: “…Mediante diligencia de fecha 20 de octubre de 2005 los abogados Germán Ramírez Materán y Luis José Guevara González, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6642 y 84953 y accionantes en la presente causa, solicitaron a esta Sala “…se sirva oficiar al Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela en el sentido de que ese organismo gremial le de inmediato cumplimiento a la decisión dictada por esta Sala, en el sentido de que proceda a designar el Miembro que le corresponde para integrar la Comisión Electoral a los fines de la convocatoria al Proceso Electoral correspondiente para elegir los órganos de esa Federación”.

Por auto de fecha 24 de octubre de 2005 se designó Ponente al Magistrado Luis Martínez Hernández, a los fines de dictar la decisión correspondiente.

Visto lo anteriormente expuesto este órgano jurisdiccional, en aras de constatar el estado actual del proceso electoral para la renovación de los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades y órganos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, en virtud de lo previsto en el artículo 21, décimo tercer aparte de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ordena librar oficio solicitando al Consejo Nacional Electoral y a la Junta Directiva de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela que, en un lapso de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente auto, remitan un informe en el que expliquen la situación en que se encuentra el proceso electoral para la renovación de los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades y órganos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela”.

Comentario de Acceso a la Justicia: El juez electoral solicita información acerca de los avances del proceso electoral de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, dado que desde que se había declarado el amparo constitucional contra la directiva de la federación, poco se sabía de su realización.

Voto Salvado: No tiene.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/selec/octubre/148-271005-000111.HTM

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