TSJ declara constitucionalidad del vitalicio Estado de Excepción

ESTADO DE EXCEPCIÓN

Sala: Constitucional

Tipo de Recurso: Constitucionalidad de ley

Materia: Constitucional

Nº Exp: 19-0229

Nº Sent: 234

Ponente: Juan Mendoza Jover

Fecha: 18 de julio de 2019

Caso: Nicolás Maduro solicita se declare la constitucionalidad del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica

Decisión: Se declara COMPETENTE para conocer, la CONSTITUCIONALIDAD del Decreto n° 3.906 del 09 de julio de 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.464 Extraordinario, de la misma fecha. NULO, INEXISTENTE E INEFICAZ cualquier acto de la Asamblea Nacional que pretenda desaprobar el citado Decreto. Se REITERA que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo acuerdos dictados y leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia. Se REITERA que las sentencias de la Sala Constitucional tienen carácter vinculante y efectos erga omnes, inclusive para todos los órganos del Poder Público Nacional. Se ORDENA la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la Página web de este Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto: Hasta la fecha no se ha publicado el fallo.

Comentario de Acceso a la Justicia: La Sala Constitucional continúa con la incesante tarea de declarar la constitucionalidad de los decretos de Estado de Excepción y Emergencia Económica, aun cuando los mismos no cumplan los requisitos establecidos en nuestra Carta Magna. Tan grave como lo anterior es que desde principios de año el Poder Ejecutivo no se molesta siquiera en publicar dichos decretos en la Gaceta Oficial, vulnerando el principio de seguridad jurídica y de publicidad de las normas. No podemos, finalmente, obviar que la sentencia, en su afán de agradar al poder ejecutivo, se pronuncia sobre posibles hechos futuros (lo que pueda dictar la AN), demostrando que tan lejos del derecho se encuentra el poder judicial

Voto Salvado: No tiene

Fuente: http://www.tsj.gob.ve/es/web/tsj/decisiones#

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