Sala: Casación Penal
Tipo de Recurso: Extradición Activa
Materia: Penal.
Nº Exp: E18-219
Nº Sent: 258
Ponente: Juan Luis Ibarra Verenzuela
Fecha: 17 de agosto de 2018
Caso: Procedimiento de Extradición Activa del ciudadano RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO, titular de la cédula de identidad V-5.479.706, iniciado por el referido Tribunal con ocasión a la orden de aprehensión dictada en su contra por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio, evasión de procedimiento licitatorio y asociación, previstos y sancionados en los artículos 54 y 60 de la Ley Contra la Corrupción y 37 de la Ley Contra Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente.
Decisión: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO, titular de la cédula de identidad N° V-5.479.706, al Reino de España, para ser sometido a un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio, evasión de procedimiento licitatorio y asociación, previstos y sancionados en los artículos 54 y 60 de la Ley Contra la Corrupción y 37 de la Ley Contra Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente.
Extracto: “Esta Sala de Casación Penal de conformidad con lo establecido en el artículo 266, numeral 9, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en el artículo 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en el artículo 383 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir sobre la procedencia de la solicitud de extradición activa del ciudadano Rafael Darío Ramírez Carreño, y, al respecto, observa:
El Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ordenó el inicio del procedimiento de extradición activa del ciudadano Rafael Darío Ramírez Carreño, por cuanto el mismo se encuentra en territorio extranjero (Reino de España), y en su contra se decretó orden de aprehensión por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio, evasión de procedimiento licitatorio y asociación, previstos y sancionados en los artículos 54 y 60 de la Ley Contra la Corrupción y 37 de la Ley Contra Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente.
(…)
(…) esta Sala de Casación Penal conforme con lo dispuesto en la legislación que rige la materia, observa que entre el Reino de España y la República Bolivariana de Venezuela rige el Tratado de Extradición suscrito en Caracas, el 4 de enero de 1989 y ratificado por el Ejecutivo Nacional el 25 de abril de 1990, publicado en la Gaceta Oficial Nº 34.476, del 28 de mayo de 1990 (…)
Asimismo, ambos países, el Reino de España y la República Bolivariana de Venezuela, el 15 de noviembre de 2000, suscribieron la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, (…)
De igual modo, el 31 de octubre de 2003, ambos países suscribieron la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, publicada en Gaceta Oficial N° 38.192, del 23 de mayo de 2005, y ratificada por el Reino de España el 16 de septiembre de 2005 (…)
Ahora bien, al mantenerse vigente la orden de aprehensión del ciudadano Rafael Darío Ramírez Carreño, y éste, de acuerdo con lo señalado por el representante del Ministerio Público “SE ENCUENTRAN (sic) ACTUALMENTE DENTRO DEL TERRITORIO DEL REINO DE ESPAÑA”, ello es la razón por la cual se ha dado inicio al procedimiento de extradición activa para requerir a dicho Estado, al mencionado ciudadano.
Comentario de Acceso a la Justicia: Una vez más, la justicia se utiliza como herramienta de persecución política para los disidentes del régimen de Nicolás Maduro. Esta vez, se trata del ex presidente de PDVSA y funcionario de confianza de Hugo Chávez Frías: Rafel Ramírez.
Esta decisión es sorpresiva y a la vez contradictoria con lo expuesto por el mismo TSJ en el año 2016, en la resolvió mediante sentencia N° 893 prohibir a la Asamblea Nacional investigar los actos de corrupción de Ramírez en su paso por PDVSA, quien para ese entonces ocupaba el cargo de embajador de Venezuela ante las Naciones Unidas.
A diferencia de otras sentencias de extradición solicitada en otros ex funcionarios del chavismo, en la que se suele imputar delitos políticos, en esta oportunidad, se le atribuye delitos de corrupción y asociación para delinquir, relacionados a su antigua gestión como máximo representante de la estatal petrolera.
En la actualidad Rafael Ramírez, es uno de los principales voceros del chavismo disidente. Desde que se apartó de la esfera gubernamental en el 2017, su misión ha sido criticar abiertamente al madurismo.
Voto Salvado: No tiene
Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/agosto/301294-258-17818-2018-E18-219.HTML