“3 razones por las que la MUD fijó su mirada en la LOTSJ”, Juan Miguel Matheus

JUAN MIGUEL MATHEUS

El Seminario Radiografía de la Justicia en Venezuela, contó con la participación del diputado Juan Miguel Matheus, quien como representante de la MUD en el parlamento aprovechó la ocasión para explicar las razones fundamentales que les llevaron a tomar la decisión de dejar en segundo lugar el tema de la revisión de la elección de los magistrados, y darle prioridad a la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. A continuación algunos fragmentos de su intervención:

Creo que un punto de partida para hablar de la labor que estamos realizando es el prejuicio de la decencia, porque lo que más imposibilita en este momento que comprendamos la crisis que estamos viviendo y cómo actuamos nosotros mismos como parlamentarios ante el régimen, es la decencia y la formación jurídica.

Además de lo difícil que es lidiar con el sano prejuicio, hay algo que es necesario que comprendamos como cuerpo legislativo, todo parlamento tiene sus procesos paquidérmicos, lentos, porque así está dispuesto constitucionalmente que sea, cuando optamos por el estado de derecho, la separación de poderes, los pesos contra pesos, y cuando reconocemos es carácter deliberativo de los cuerpos de representación popular, eso trae como consecuencias unas limitaciones en la agilidad del cuerpo.

A ese carácter esencialmente lento en la Venezuela de hoy, se suma que todo lo que se hace en la Asamblea Nacional tiene que superar 3 ámbitos de actuación: los partidos de la alianza, luego la instancia de la alianza y finalmente viene la pugna política en la cámara ante el gobierno representado por su bancada.

Aparte de eso hay 3 criterios que no están escritos en la MUD pero es lo que la práctica de estos meses ha decantado, que toda iniciativa parlamentaria pase por 3 patrones:

  • Un patrón axiológico que sea moralmente conveniente y que responda a los principios de la justicia o el funcionamiento democrático.
  • En segundo lugar, la factura técnica, es decir, que técnica y jurídicamente sea solvente esa iniciativa.
  • Y finalmente, la viabilidad: que sea posible en el esquema de optación de poderes y autocrática que tenemos.

El punto de partida para lo que hemos hecho desde la AN, aunque aunque no creo que sea el documento mejor elaborado técnicamente pero es el más importante que hemos arrojado, es el informe de la comisión especial para el estudio de la designación de magistrados hecha en diciembre de 2015, que arrojó 3 conclusiones:

1era Conclusión: mostró los indicios de los vicios procedimentales y toda la gama de vicios sustantivos en la designación de esos magistrados, lo que arrojó como sugerencia implícita en el informe, una eventual revocatoria de ese acto de designación para lo cual sería necesario una sustanciación de un procedimiento previo a la convocatoria del acto.

2da Conclusión: La eventual reforma de la LOTSJ.

3era conclusión: exhortar ante el poder ciudadano las posibles acciones para que se establecieran las responsabilidades a que fuera lugar por parte de las personas involucradas en la designación de esos magistrados.

Luego de revisar las tres conclusiones a las que llegamos, se dedujo lo siguiente:

1era revocatoria: supondrá que se haga una especie de procedimiento para que se prueben los vicios, y eso no se ha hecho. Por qué no se ha hecho si trajimos a los ex magistrados, por qué no hemos avanzado, se preguntarán, y la respuesta es muy sencilla, porque aun revocando el acto y cuidando el derecho a la defensa, suponiendo que estuviéramos en suiza,  eso no soluciona el problema de la composición política del TSJ.

Por qué decidimos poner en stand-by eso, porque pensamos en adelantar  en lo que pensamos que si podría solucionar el problema de la composición política de la sala constitucional, por eso estamos enfocados en la reforma de la LOTSJ.

Y finalmente, conociendo el proceder del Poder Ciudadano y su composición en este momento, resulta difícil pensar que exhortarlos a que tomen las acciones para que se establezcan las responsabilidades correspondientes a las personas que tuvieron participación en la designación de los 13 magistrados principales y los 21 suplentes, sea una alternativa viable.

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